Administración Local. Consorcios. Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03304/2024)
Bases específicas con convocatoria de subvenciones destinadas a las agrupaciones y/o asociaciones de Bomberos voluntarios de la provincia de Badajoz para el 2024
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Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz

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Para ello, deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la
cuenta del CPEI: ES07-3009-0001-2926-0370-0721.
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora que
correspondan, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
BASE 14.- PROTECCIÓN DE DATOS.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, general de
protección de datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable: Diputación
Provincial de
Badajoz

C/ Obispo San Juan de Rivera, 6; 06071 Badajoz
924 212 400 @dip-badajoz.es

Finalidad del tratamiento:

Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a agrupaciones de bomberos voluntarios de la provincia de Badajoz
2024

Legitimación del tratamiento:

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.

Destinatarios de cesiones o
transferencias:

No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial

Derechos de los interesados:

Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos,
limitación u oposición, así como otros.

Información adicional:

www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez; 924 212 237 dpd@dip-badajoz.es

El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal en la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe
Checa 23, 06071 Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
BASE 15.- RECURSOS.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponer recurso de reposición
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime
pertinente.
DISPOSICIONES ADICIONALES:
Primera.-En lo no regulado en estas bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones, la Ordenanza
Provincial de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ordenanza general de subvenciones, y 23 de la LGS, se
aprueba de forma conjunta a las bases reguladoras, la convocatoria que desarrollará el procedimiento para la concesión de
las subvenciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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