Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (03334/2024)
Bases de la convocatoria para la constitución de una bolsa de Profesor/a Superior Música Cante Flamenco
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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Subsanación de la solicitud de admisión a pruebas selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de las
personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Asimismo, será publicado con la
debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios y la composición del Tribunal de selección.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz, así como en la página web de la misma. A efectos de cómputo de plazos, regirá la
fecha de publicación del correspondiente anuncio en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación.
Podrá realizarse el seguimiento de la convocatoria a través de la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de
Badajoz, https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php, Tablón de Empleo Provincial
https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, así como realizar consultas o plantear dudas, en el correo electrónico:
rrhh@dip-badajoz.es. Será responsabilidad de cada persona aspirante, actuar con diligencia a la hora de consultar los
diferentes medios de información disponibles para hacer el seguimiento de la convocatoria.
Sexta.- Tribunal de selección.
Estará integrado por 5 miembros (1 Presidencia, 3 vocalías y 1 Secretaría), designándose igual número de suplentes. En la
designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de profesionalidad, y se
tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser personal funcionario/a de carrera y poseer una
titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como
observador/a una persona representante por cada organización sindical con representación en la Diputación de Badajoz.
Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. Cuando no fuera posible que la mayoría de sus miembros fueran titulares de la
especialidad que se tuviera que seleccionar, el Tribunal podrá completarse con empleados/as de otra especialidad, clase,
subescala, o escala, según establece el artículo 6.8 del Reglamento regulador de la composición y designación de los
tribunales de selección en la Diputación de Badajoz. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la vocalía presente de mayor
jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole,
así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal,
de otro personal de Diputación o de otras administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
Séptima.- Sistema selectivo.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 3.b del Reglamento de funcionamiento de las bolsas de trabajo de la Diputación
Provincial de Badajoz y sus organismos autónomos, para formar parte de la bolsa de trabajo hay que superar todas las
pruebas que integran la presente convocatoria. La convocatoria se resolverá por el procedimiento de oposición (hasta un
máximo de 20 puntos).
Las personas que resulten admitidas deberán superar 2 ejercicios, independientes, específicos y eliminatorios que
consistirán en:
a) Primer ejercicio (10 puntos máximo): Interpretación, durante un máximo de 20 minutos, de un programa
de repertorio flamenco tradicional con un mínimo de 2 estilos diferentes. Las personas candidatas tendrán
que traer su propio acompañamiento en caso de que el repertorio a interpretar así lo requiera.
b) Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Impartición de una clase de cante flamenco a un alumno/a de
enseñanzas profesionales de una duración aproximada de 10 minutos.
Determinación de la puntuación: Los 2 ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí
y su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de 10 puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al
menos una puntuación de 5 puntos para superar cada ejercicio. Cuando, en su caso, se valoren con la media resultante de
las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, se eliminarán, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre
estas exista una diferencia igual o superior a 2 puntos. En el supuesto de que haya más de 2 notas emitidas que se
diferencien en 2 o más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
La calificación total se obtendrá por suma de las puntuaciones obtenidas en todos los ejercicios, hasta un máximo de 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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