Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (03227/2024)
Constitución de la Junta de Gobierno Local
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Ayuntamiento de Almendral
Anuncio 3227/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendral
Almendral (Badajoz)
Anuncio 3227/2024
Constitución de la Junta de Gobierno Local
Por acuerdo del Pleno de fecha 27/06/2024, fue aprobada Constitución de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento
tras lo cual, mediante resolución de Alcaldía de fecha 02/07/2024, se aprobó el nombramiento de los concejales que
formarán parte de dicha Junta, lo que se publica a los efectos de los artículos 46.1 y 52.4 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
«Primero.- Constituir la Junta de Gobierno Local, cuyo objeto será la asistencia permanente a AlcaldePresidente en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer, en su caso, las atribuciones que AlcaldePresidente u otro órgano municipal le delegue o las que le atribuyan las leyes.
Segundo.- La Junta de Gobierno Local estará integrada por Alcalde-Presidente, que será su Presidente, y por
un número de 4 concejales que serán nombrados libremente por Alcalde-Presidente como miembros de la
misma, siendo los siguientes:
Doña Isabel María Florencio Piñero.
Doña María Begoña Matamoros Guerrero.
Doña Almudena Rodríguez Megias.
Don Francisco Silvero Jiménez.
Tercero.- La Junta de Gobierno Local ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en los artículos 112 y 113 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, a cuyos efectos se propone que la Junta celebre sesión ordinaria con
la siguiente periodicidad: Tres meses.»
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de
la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se
optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que
pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Almendral, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Francisco Torrescusa Moreno.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Por acuerdo del Pleno de fecha 27/06/2024, fue aprobada Constitución de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento
tras lo cual, mediante resolución de Alcaldía de fecha 02/07/2024, se aprobó el nombramiento de los concejales que
formarán parte de dicha Junta, lo que se publica a los efectos de los artículos 46.1 y 52.4 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
«Primero.- Constituir la Junta de Gobierno Local, cuyo objeto será la asistencia permanente a AlcaldePresidente en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer, en su caso, las atribuciones que AlcaldePresidente u otro órgano municipal le delegue o las que le atribuyan las leyes.
Segundo.- La Junta de Gobierno Local estará integrada por Alcalde-Presidente, que será su Presidente, y por
un número de 4 concejales que serán nombrados libremente por Alcalde-Presidente como miembros de la
misma, siendo los siguientes:
Doña Isabel María Florencio Piñero.
Doña María Begoña Matamoros Guerrero.
Doña Almudena Rodríguez Megias.
Don Francisco Silvero Jiménez.
Tercero.- La Junta de Gobierno Local ajustará su funcionamiento a lo dispuesto en los artículos 112 y 113 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, a cuyos efectos se propone que la Junta celebre sesión ordinaria con
la siguiente periodicidad: Tres meses.»
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de
la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se
optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que
pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Almendral, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Francisco Torrescusa Moreno.
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