Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03107/2024)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso, para cubrir una plaza de Auxiliar de Administrativo de Gerencia
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
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Fuente del Maestre https://fuentedelmaestre.sedelectronica.es/board
4.3.- Junto con la solicitud presentada conforme al anexo I, los aspirantes deberán presentarla siguiente documentación:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
- Fotocopia de las titulaciones exigidas, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los
estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
- Documentación justificativa de los méritos alegados en la fase de concurso (titulaciones, cursos, contratos...).
- Informe de vida laboral y certificados de servicios prestados.
4.4.- Las solicitudes se podrán presentar:
a) Los/as interesados/as podrán presentar su solicitud a través de la sede electrónica municipal, siendo
necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el
DNI electrónico con los certificados activados (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/
y en https://www.dnielectronico.es/, respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en pantalla, lo siguiente:
La inscripción electrónica anexando formulario de inscripción.
Anexar documentos a su solicitud.
El registro electrónico de la solicitud.
b) En soporte papel en el Registro General del Ayuntamiento de Fuente del Maestre, en horario laboral, desde
las 9:00 horas hasta las 14:00 horas.
c) En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común.
4.5.- La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
4.6.- Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
4.7.- Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios electrónico, y en la sede
electrónica del Ayuntamiento insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
5.- Admisión de aspirantes.
5.1.- Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y
cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos
correspondientes.
5.2.- Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano convocante dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos/as y excluidos/as y las causas de exclusión, en el plazo máximo de un mes. Este plazo podrá ser
prorrogado, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La resolución contendrá la relación nominal completa de aspirantes incluidos y excluidos, con indicación de las causas de
inadmisión, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de
extranjero, pasaporte o documento equivalente. Cuando la publicación se refiera a una pluralidad de afectados estas cifras
aleatorias deberán alternarse (disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales).
La resolución, que deberá publicarse en el tablón de anuncios del Centro Especial de Empleo, del Ayuntamiento de Fuente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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4.3.- Junto con la solicitud presentada conforme al anexo I, los aspirantes deberán presentarla siguiente documentación:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
- Fotocopia de las titulaciones exigidas, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los
estudios completos necesarios para la expedición del mismo. En caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
- Documentación justificativa de los méritos alegados en la fase de concurso (titulaciones, cursos, contratos...).
- Informe de vida laboral y certificados de servicios prestados.
4.4.- Las solicitudes se podrán presentar:
a) Los/as interesados/as podrán presentar su solicitud a través de la sede electrónica municipal, siendo
necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el
DNI electrónico con los certificados activados (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/
y en https://www.dnielectronico.es/, respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en pantalla, lo siguiente:
La inscripción electrónica anexando formulario de inscripción.
Anexar documentos a su solicitud.
El registro electrónico de la solicitud.
b) En soporte papel en el Registro General del Ayuntamiento de Fuente del Maestre, en horario laboral, desde
las 9:00 horas hasta las 14:00 horas.
c) En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común.
4.5.- La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
4.6.- Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
4.7.- Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios electrónico, y en la sede
electrónica del Ayuntamiento insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
5.- Admisión de aspirantes.
5.1.- Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes que reúnen todos y
cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. El cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos
correspondientes.
5.2.- Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano convocante dictará resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos/as y excluidos/as y las causas de exclusión, en el plazo máximo de un mes. Este plazo podrá ser
prorrogado, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La resolución contendrá la relación nominal completa de aspirantes incluidos y excluidos, con indicación de las causas de
inadmisión, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de
extranjero, pasaporte o documento equivalente. Cuando la publicación se refiera a una pluralidad de afectados estas cifras
aleatorias deberán alternarse (disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales).
La resolución, que deberá publicarse en el tablón de anuncios del Centro Especial de Empleo, del Ayuntamiento de Fuente
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