Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03090/2024)
Corrección de edicto publicado el 27 de diciembre de 2022 sobre bases de la convocatoria de los procedimientos selectivos consecuencia de la oferta extraordinaria de empleo público para los procesos de estabilización
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Ayuntamiento de Castuera

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b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de
Mérida, dentro del plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Décimo primera.
CONCURSO-OPOSICIÓN (BASE 6.ª)
Constituye, además el objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de
selección de concurso-oposición, de las plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de
Castuera, que se relacionan a continuación, incluidas en la oferta excepcional de empleo público por la que se articulan los
procesos de estabilización de empleo temporal previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público.
1. Arquitecto/a:
La calificación final consistirá en multiplicar la calificación de la fase de concurso por 0,4 y la calificación de la fase de
oposición por 0,6 y sumar ambos resultados.
Fase de oposición (60%). Máxima puntuación 10 puntos. Siendo necesario un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la fase de oposición consistirá en la media aritmética de las calificaciones de los dos ejercicios.
Primer ejercicio: Valoración máxima de 10 puntos. Consistirá en la resolución de un ejercicio tipo test con un total de 100
preguntas, más 5 de reserva en un tiempo máximo de 2 horas, donde cada pregunta acertada sumará 0,1 puntos. Las
preguntas en blanco e incorrectas no sumarán ni restarán. De las 100 preguntas, 40 versarán sobre el bloque I del temario y
60 sobre el bloque II del temario. Sobre las 5 preguntas de reserva, 2 versarán sobre el bloque I del temario y 3 sobre el
bloque II del temario.
Segundo ejercicio: Valoración máxima de 10 puntos. Consistirá en la resolución de un ejercicio práctico, tipo test, con un
total de 40 preguntas con una puntuación de 0,25 puntos cada una. Las preguntas en blanco e incorrectas no sumarán ni
restarán. Las preguntas de este ejercicio versarán obligatoriamente sobre los siguientes temas y guardarán siempre directa
relación con los temas referidos en el temario:

TEMARIO
Bloque I: Materias comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Título Preliminar.
Tema 2. La Constitución Española de1978. De los Derechos y Deberes Fundamentales: De los españoles y extranjeros.
Tema 3. La Constitución Española de1978. De los Derechos y Deberes Fundamentales: Derechos y libertades.
Tema 4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública. De los
interesados en el procedimiento: La Capacidad de Obrar y el concepto de interesado.
Tema 5. Tema 4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública. De
los interesados en el procedimiento. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.
Tema 6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública. De los actos
administrativos: Requisitos de los actos administrativos.
Tema 7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública. De los actos
administrativos. Nulidad y anulabilidad: Nulidad de pleno derecho, Anulabilidad.
Tema 8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública. De las
disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. Iniciación del procedimiento: Iniciación del procedimiento a
solicitud del interesado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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