Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03075/2024)
Contratación de personal laboral fijo del proceso de estabilización de una plaza de Educador/a Social del programa de atención a familia
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Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
Anuncio 3075/2024
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o
recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, ante la Presidencia de esta Mancomunidad, de conformidad con los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su
elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en la circunscripción del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Llerena, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Ana Torres Márquez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o
recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, ante la Presidencia de esta Mancomunidad, de conformidad con los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su
elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en la circunscripción del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Llerena, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Ana Torres Márquez.
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