Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03001/2024)
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 02/2024 en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería
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Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
Anuncio 3001/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
Llerena (Badajoz)
Anuncio 3001/2024
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 02/2024 en la modalidad de suplemento de crédito,
financiado con cargo al remanente líquido de tesorería
APROBACIÓN INICIAL
El Pleno de la Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena, en sesión ordinaria celebrada el día 21
de junio de 2024, acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario y/o suplemento de crédito número
02/2024 financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 177, en relación con el
169, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales -TRLRHL-, y artículo 38, en relación con el 20, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se
desarrolla el capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia
de presupuestos, a fin de que, en el término de quince días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este
edicto en el Boletín Oficial de la Provincia los interesados a que se refiere el artículo 170.1 de la citada Ley Reguladora de las
Haciendas Locales puedan examinar el expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias de la
Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, y presentar, en su caso, las reclamaciones que consideren oportunas ante el
Pleno de la Corporación, por alguno de los motivos que se expresan en el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-.
En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se
considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-.
Llerena, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Ana Torres Márquez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN INICIAL
El Pleno de la Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena, en sesión ordinaria celebrada el día 21
de junio de 2024, acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario y/o suplemento de crédito número
02/2024 financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 177, en relación con el
169, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales -TRLRHL-, y artículo 38, en relación con el 20, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se
desarrolla el capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia
de presupuestos, a fin de que, en el término de quince días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este
edicto en el Boletín Oficial de la Provincia los interesados a que se refiere el artículo 170.1 de la citada Ley Reguladora de las
Haciendas Locales puedan examinar el expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias de la
Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, y presentar, en su caso, las reclamaciones que consideren oportunas ante el
Pleno de la Corporación, por alguno de los motivos que se expresan en el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-.
En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se
considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-.
Llerena, a fecha de la firma digital.- La Presidenta, Ana Torres Márquez.
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