Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Tentudía (Monesterio). Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (02931/2024)
Corrección de errores en edicto publicado el 29 de diciembre de 2023 sobre aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida selectiva de residuos sólidos urbanos
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Mancomunidad de Tentudía

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Mancomunidad de Tentudía
Monesterio (Badajoz)
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Corrección de errores en edicto publicado el 29 de diciembre de 2023 sobre aprobación definitiva de la Ordenanza
fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida selectiva de residuos sólidos urbanos
Por el presente se expone al general y público conocimiento, el acuerdo adoptado por la Asamblea de la
Mancomunidad de Tentudía de fecha 4 de abril del corriente, por el que se realiza corrección de errores a la
modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos de la Mancomunidad de
Tentudía mediante el método puerta a puerta, que fue aprobada y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
número 247, de fecha 29 de diciembre de 2023, el en siguiente sentido:
I.- Se modifica:
El artículo 7. Cuota Tributaria, eliminando el siguiente párrafo de su redacción original:
"A partir del 2025, todos los años se incrementará el IPC".
II.- Se elimina la "disposición derogatoria única":
Queda derogada la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos sólidos
urbanos, aprobada por acuerdo del Pleno el día 10 de mayo de 2021, así como todas las
disposiciones del mismo o inferior rango que regulen materias contenidas en la presente
Ordenanza en cuanto se opongan o contradigan al contenido de la misma.
III.- Se introducen las siguientes disposiciones:
«Disposición transitoria única. Inicio efectivo de la prestación del servicio de recogida
selectiva puerta a puerta.
La exacción de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos
urbanos, continuarán rigiéndose por lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la
tasa de recogida de residuos sólidos urbanos, publicada definitivamente con fecha 29 de
junio de 2021, en tanto no se produzca el inicio efectivo de la recogida selectiva, puerta a
puerta, de residuos sólidos urbanos, que configura el hecho imponible de la nueva tasa que
regula la presente Ordenanza».
«Disposición derogatoria única.
Una vez iniciada la prestación del servicio de la recogida selectiva, puerta a puerta, de
residuos sólidos urbanos, quedará derogada la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de
recogida de residuos sólidos urbanos, publicada definitivamente con fecha 29 de junio de
2021.
«Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente Ordenanza fiscal entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
"Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz", sin perjuicio de lo establecido en la disposición
transitoria única, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o
derogación».

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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