Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (02939/2024)
Bases reguladora y convocatoria de ayudas económicas para la reactivación de la actividad comercial en zona de obras de larga duración
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Ayuntamiento de Don Benito
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Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
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Bases reguladora y convocatoria de ayudas económicas para la reactivación de la actividad comercial en zona de obras
de larga duración
BASES REGULADORA Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN ZONA DE
OBRAS DE LARGA DURACIÓN EN DON BENITO (CALLE AYALA Y PLAZA DE ESPAÑA)
1. OBJETO.
El objeto de esta línea es estimular el mantenimiento de la actividad comercial y de negocios abiertos en la zona
afectada, mitigando los efectos que la minoración de ingresos puedan tener sobre los comerciantes afectados por las
obras de renovación y de larga duración en calle Ayala o plaza de España de Don Benito. Podrán beneficiarse de esta
ayuda aquellos solicitantes que tengan un establecimiento en dichas calles o plazas.
Los locales deben tener acceso directo desde la calle referida o plaza contando para ello con fachada exterior. Los
locales deben tener viabilidad de uso urbanística y cumplir con las distintas normativas (accesibilidad, contraincendios,
etc.) teniendo para ello licencia de apertura o declaración responsable en vigor.
2. TIPO DE SOLICITANTE.
Personas físicas: Empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada y sociedades civiles.
Personas jurídicas: Sociedades limitadas, sociedades limitadas nueva empresa, sociedades anónimas, sociedades
laborales, sociedades cooperativas de trabajo para el impulso empresarial.
3. REQUISITOS.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas tanto las personas físicas como las jurídicas, siempre que cumplan con todos los
requisitos siguientes:
1. Que, tanto persona jurídica como autónomo, tengan la consideración de PYME, de conformidad con el
anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014, de la Comisión Europea.
2. Que exploten como titulares una actividad comercial en un local que se encuentre ubicado en algunos
de los emplazamientos recogidos en el apartado primero de esta convocatoria. Para ello, se deberá
justificar que la declaración responsable de actividad o la licencia de apertura está a nombre del
solicitante de la subvención.
3. Que tengan una licencia de apertura o declaración responsable, según corresponda, en vigor y que la
actividad comercial esté abierta y en funcionamiento.
4. IMPORTE.
El importe único de esta ayuda es de 500,00 euros por establecimiento.
5. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Forma y lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Don Benito.
Plazo de presentación: La convocatoria permanecerá abierta hasta el 31 de diciembre del 2024,
plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria.
6. BASES REGULADORAS.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Don Benito (Badajoz)
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Bases reguladora y convocatoria de ayudas económicas para la reactivación de la actividad comercial en zona de obras
de larga duración
BASES REGULADORA Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN ZONA DE
OBRAS DE LARGA DURACIÓN EN DON BENITO (CALLE AYALA Y PLAZA DE ESPAÑA)
1. OBJETO.
El objeto de esta línea es estimular el mantenimiento de la actividad comercial y de negocios abiertos en la zona
afectada, mitigando los efectos que la minoración de ingresos puedan tener sobre los comerciantes afectados por las
obras de renovación y de larga duración en calle Ayala o plaza de España de Don Benito. Podrán beneficiarse de esta
ayuda aquellos solicitantes que tengan un establecimiento en dichas calles o plazas.
Los locales deben tener acceso directo desde la calle referida o plaza contando para ello con fachada exterior. Los
locales deben tener viabilidad de uso urbanística y cumplir con las distintas normativas (accesibilidad, contraincendios,
etc.) teniendo para ello licencia de apertura o declaración responsable en vigor.
2. TIPO DE SOLICITANTE.
Personas físicas: Empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada y sociedades civiles.
Personas jurídicas: Sociedades limitadas, sociedades limitadas nueva empresa, sociedades anónimas, sociedades
laborales, sociedades cooperativas de trabajo para el impulso empresarial.
3. REQUISITOS.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas tanto las personas físicas como las jurídicas, siempre que cumplan con todos los
requisitos siguientes:
1. Que, tanto persona jurídica como autónomo, tengan la consideración de PYME, de conformidad con el
anexo I del Reglamento (UE) número 651/2014, de la Comisión Europea.
2. Que exploten como titulares una actividad comercial en un local que se encuentre ubicado en algunos
de los emplazamientos recogidos en el apartado primero de esta convocatoria. Para ello, se deberá
justificar que la declaración responsable de actividad o la licencia de apertura está a nombre del
solicitante de la subvención.
3. Que tengan una licencia de apertura o declaración responsable, según corresponda, en vigor y que la
actividad comercial esté abierta y en funcionamiento.
4. IMPORTE.
El importe único de esta ayuda es de 500,00 euros por establecimiento.
5. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Forma y lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Don Benito.
Plazo de presentación: La convocatoria permanecerá abierta hasta el 31 de diciembre del 2024,
plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria.
6. BASES REGULADORAS.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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