Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02907/2024)
Delegación de funciones de Alcaldía en 1.ª Teniente de Alcalde por vacaciones
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 2907/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Castuera
Castuera (Badajoz)
Anuncio 2907/2024
Delegación de funciones de Alcaldía en 1.ª Teniente de Alcalde por vacaciones
Asunto: Delegación de funciones de Alcaldía en 1.ª Teniente de Alcalde por vacaciones.
Expediente n.º: 462/2024.
Tipo de expediente: Delegaciones y avocaciones de competencias.
Tipo de procedimiento: Delegaciones y avocaciones de competencias (SIA 1630144).
Fecha de inicio: 17/06/24.
Tipo de documento: Resolución.
Emitido por: Alcaldía.
Destinatario: Piedad Roso Núñez – NIF ***8346**
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Considerando que corresponde a los tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el
orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el
ejercicio de sus atribuciones, así como que el Alcalde puede efectuar delegaciones especiales para cometidos específicos a
favor de cualquiera de los concejales.
Considerando que durante los días 18 de junio de 2024 hasta el día 23 de junio de 2024, ambos inclusive el Sr. Alcalde se
encontrará ausente del municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO:
Primero. Delegar en doña Piedad Roso Núñez, 1.ª Teniente de Alcalde según resolución de la Alcaldía de fecha
20/06/2023, la totalidad de las funciones de Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 y 4 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de ausencia del Alcalde,
comprendido entre los días 18/06/2024 y 23/06/2024, ambos inclusive.
Segundo. Que, por la 1.ª Teniente de Alcalde, se suscriba esta resolución sirviendo su firma como aceptación
expresa de la sustitución, o en su defecto, comunique si se encuentra en situación en la que deba ser
simultáneamente sustituida.
Tercero. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los
procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a
terceros.
Cuarto. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera
para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter
previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Quinto. La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano
delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación
de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en
que le sea notificada esta resolución. Los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le
han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán dictados por la
Alcaldía de este Ayuntamiento.
Sexto. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, dándose cuenta
de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Séptimo. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Asunto: Delegación de funciones de Alcaldía en 1.ª Teniente de Alcalde por vacaciones.
Expediente n.º: 462/2024.
Tipo de expediente: Delegaciones y avocaciones de competencias.
Tipo de procedimiento: Delegaciones y avocaciones de competencias (SIA 1630144).
Fecha de inicio: 17/06/24.
Tipo de documento: Resolución.
Emitido por: Alcaldía.
Destinatario: Piedad Roso Núñez – NIF ***8346**
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Considerando que corresponde a los tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el
orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el
ejercicio de sus atribuciones, así como que el Alcalde puede efectuar delegaciones especiales para cometidos específicos a
favor de cualquiera de los concejales.
Considerando que durante los días 18 de junio de 2024 hasta el día 23 de junio de 2024, ambos inclusive el Sr. Alcalde se
encontrará ausente del municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO:
Primero. Delegar en doña Piedad Roso Núñez, 1.ª Teniente de Alcalde según resolución de la Alcaldía de fecha
20/06/2023, la totalidad de las funciones de Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 y 4 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de ausencia del Alcalde,
comprendido entre los días 18/06/2024 y 23/06/2024, ambos inclusive.
Segundo. Que, por la 1.ª Teniente de Alcalde, se suscriba esta resolución sirviendo su firma como aceptación
expresa de la sustitución, o en su defecto, comunique si se encuentra en situación en la que deba ser
simultáneamente sustituida.
Tercero. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los
procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a
terceros.
Cuarto. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera
para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter
previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Quinto. La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano
delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación
de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en
que le sea notificada esta resolución. Los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le
han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán dictados por la
Alcaldía de este Ayuntamiento.
Sexto. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, dándose cuenta
de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Séptimo. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
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