Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zalamea de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02888/2024)
Bases de la convocatoria para la constitución de varias bolsas de trabajo mediante el sistema general de turno libre
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Ayuntamiento de Zalamea de la Serena

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Las solicitudes, en modelo normalizado según anexo I, deberán ir acompañadas por la documentación siguiente:
Fotocopia del DNI.
Fotocopia de los documentos acreditativos de los requisitos específicos por cada especialidad convocada a la que se
aspire.
En el supuesto que las solicitudes tengan que subsanarse, se publicará edicto a estos efectos.
Cuarta.- Procedimiento selectivo.
El procedimiento selectivo será el de oposición libre, salvo lo dispuesto en el último apartado de la presente base. Constará
en el desarrollo de una prueba tipo test con un máximo de 30 preguntas a realizar en un tiempo máximo de 40 minutos, a
decisión del Tribunal de Selección de cada una de las especialidades.
Las preguntas versarán sobre el contenido del anexo II y se podrá dar a algunas de ellas un carácter práctico, aun siendo el
formato el de tipo test.
La prueba tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, debiendo los aspirantes conseguir un mínimo de cinco puntos para
ser incluido en la bolsa.
Quinta.- Constitución de bolsas.
Tras los diferentes procedimientos selectivos, se resolverá la constitución de las bolsas, en los que los aspirantes que hayan
superado las pruebas, serán ordenados por la puntuación obtenida, de mayor a menor, la cual se publicará en la sede
electrónica y el tablón municipal del Ayuntamiento.
Sexta.- Funcionamiento de las bolsas de trabajo.
Se constituirá una lista de reservas por cada puesto con las personas que hayan obtenido una nota mínima de 5 puntos en
el cómputo total del proceso.
Se ordenará cada lista por orden de puntuación obtenida en las pruebas de selección, permaneciendo los aspirantes en
dicha situación de espera hasta que le corresponda su turno, por puntuación y puesto.
Las contrataciones se irán realizando por orden de puntuación obtenida en el proceso de selección y según necesidades de
los distintos servicios.
Las personas seleccionadas serán citadas telefónicamente, y mediante notificación del Ayuntamiento en modelo oficial
aprobado a tal efecto, debiendo aportar la documentación que se les indique para la formalización del contrato junto con el
informe médico en el que se especifique que no padece enfermedad o disminución física que le impida desarrollar el puesto
de trabajo al que opta, en el momento de la contratación.
Los contratos tendrán un mes de prueba, que deberá ser superado para poder continuar con el mismo.
El aspirante mantendrá su posición en la lista para ser llamado de nuevo una vez que haya acabado la lista en una primera
vuelta y sea necesario, por necesidades del servicio, empezar una segunda vuelta que seguirá el mismo orden estricto de
selección, en los siguientes casos:
a) Imposibilidad de contactar con el aspirante en el plazo de 24 horas.
b) Enfermedad del aspirante por un periodo o circunstancia equivalente a las que determinan las causas de la
incapacidad laboral transitoria (incapacidad temporal). Se estudiarán, junto con los sindicatos, los casos de
enfermedades, hospitalizaciones concretos y puntuales.
c) Parto, maternidad o paternidad, por el periodo legalmente establecido.
d) Ejercicio de algún cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo.
e) Encontrarse en situación de alta laboral.
Se entenderá como renuncia a un puesto de la bolsa de empleo:
a) No comparecer en forma y plazo para cubrir la oferta de trabajo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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