Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02868/2024)
Convocatoria para la provisión de una plaza de Administrativo, por el sistema de acceso de turno libre , por el sistema de selección de oposición
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Villanueva de la Serena (Badajoz)
Anuncio 2868/2024
Convocatoria para la provisión de una plaza de Administrativo, por el sistema de acceso de turno libre , por el sistema de
selección de oposición

Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de junio de 2024, se ha dispuesto convocar pruebas
selectivas para la provisión de una plaza de Administrativo, vacante en la plantilla de personal funcionario e incluida en la
oferta de empleo público de 2024, con arreglo a las siguientes bases:
BASES PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE ACCESO DE TURNO LIBRE Y EL SISTEMA DE SELECCIÓN DE OPOSICIÓN, DE
UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE
VILLANUEVA DE LA SERENA E INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2024
Primera. Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de acceso de turno libre y el sistema de selección de
oposición, de una plaza de Administrativo, encuadrada en la escala de Administración General, subescala Administrativa;
vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena e incluida en la oferta de empleo
público de 2024, aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 24 de mayo de 2024 y
publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 107, de 4 de junio siguiente.
1.2. El ingreso conllevará la adscripción al correspondiente puesto de trabajo de personal funcionario, con las características,
condiciones de dedicación específicas, funciones, dependencia jerárquica y restantes determinaciones que corresponden a
este tipo de puestos.
1.3. La plaza está dotada con las retribuciones básicas correspondientes al grupo C, subgrupo C1, según el artículo 76 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, nivel 22 de complemento de destino y demás retribuciones complementarias asignadas al puesto al que
se adscriba, conforme a la vigente legislación y a lo que la Corporación tenga acordado o pueda acordar.
1.4. Estará, además, sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
1.5. En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por
el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991,
de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento
de selección de los funcionarios de la Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura;
y el Decreto 43/1996, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura; siendo de aplicación supletoria el
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración General del Estado y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda. Condiciones de las personas aspirantes.
2.1. Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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