Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (02854/2024)
Resolución de la convocatoria de subvenciones para la realización del Programa de Teatro Profesional "D'rule: Artistas en el Territorio", para el año 2024
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Localidad
Anuncio 2854/2024
CIF
Cantidad
Usagre
P0613600F
2.500,00 €
Valdecaballeros
P0613700D
2.500,00 €
Valdehornillos (ELM)
P5619601G
2.500,00 €
Valdelacalzada
P0616900G
2.500,00 €
Valdetorres
P0613800B
2.500,00 €
Valencia del Mombuey
P0614000H
2.500,00 €
Valencia del Ventoso
P0614100F
2.500,00 €
Valverde de Leganés
P0614300B
2.500,00 €
Valverde de Mérida
P0614500G
2.500,00 €
Villafranca de los Barros
P0614900I
2.500,00 €
Villagarcía de la Torre
P0615000G
2.500,00 €
Villanueva de la Serena
P0615300A
2.500,00 €
Villanueva del Fresno
P0615400I
2.500,00 €
Villar del Rey
P0615500F
2.500,00 €
Zafra
P0615800J
2.500,00 €
Zahínos
P0615900H
2.500,00 €
Zalamea de la Serena
P0616000F
2.500,00 €
Séptimo: Las cantidades a subvencionar propuestas ascienden a un total de 300.000,00 euros, y serán
abonadas con cargo a las aplicaciones presupuestarias:
1.- 111 94233 46203 1100 (Programa de Teatro Profesional D'rule): 265.000,00 €.
2.- 111 94233 46803 1100 (Programa de Teatro Profesional D'rule): 35.000,00 €.
Los ayuntamientos subvencionados que se incluyen en esta resolución cumplen con todos los requisitos para
ser beneficiarios de la concesión, estando al corriente de las obligaciones tributarias con esta Diputación de
Badajoz.
Octavo: Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Noveno: Comunicar la resolución dictada al Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Administraciones Locales, a efectos de conocimiento."
Lo dispone así el Diputado Delegado del Área de Cultura, Deportes y Juventud, por Decreto del Presidente, en Badajoz, a
fecha de la firma electrónica. Fdo.: Ricardo Cabezas Martín. (Decreto 10/04/2024, BOP 11/04/2024)."
Todo lo anterior se hace público para conocimiento y efectos oportunos, indicando que contra la presente resolución, que
pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de dos de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de
Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial
de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Valdecaballeros
P0613700D
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Valdehornillos (ELM)
P5619601G
2.500,00 €
Valdelacalzada
P0616900G
2.500,00 €
Valdetorres
P0613800B
2.500,00 €
Valencia del Mombuey
P0614000H
2.500,00 €
Valencia del Ventoso
P0614100F
2.500,00 €
Valverde de Leganés
P0614300B
2.500,00 €
Valverde de Mérida
P0614500G
2.500,00 €
Villafranca de los Barros
P0614900I
2.500,00 €
Villagarcía de la Torre
P0615000G
2.500,00 €
Villanueva de la Serena
P0615300A
2.500,00 €
Villanueva del Fresno
P0615400I
2.500,00 €
Villar del Rey
P0615500F
2.500,00 €
Zafra
P0615800J
2.500,00 €
Zahínos
P0615900H
2.500,00 €
Zalamea de la Serena
P0616000F
2.500,00 €
Séptimo: Las cantidades a subvencionar propuestas ascienden a un total de 300.000,00 euros, y serán
abonadas con cargo a las aplicaciones presupuestarias:
1.- 111 94233 46203 1100 (Programa de Teatro Profesional D'rule): 265.000,00 €.
2.- 111 94233 46803 1100 (Programa de Teatro Profesional D'rule): 35.000,00 €.
Los ayuntamientos subvencionados que se incluyen en esta resolución cumplen con todos los requisitos para
ser beneficiarios de la concesión, estando al corriente de las obligaciones tributarias con esta Diputación de
Badajoz.
Octavo: Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Noveno: Comunicar la resolución dictada al Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Administraciones Locales, a efectos de conocimiento."
Lo dispone así el Diputado Delegado del Área de Cultura, Deportes y Juventud, por Decreto del Presidente, en Badajoz, a
fecha de la firma electrónica. Fdo.: Ricardo Cabezas Martín. (Decreto 10/04/2024, BOP 11/04/2024)."
Todo lo anterior se hace público para conocimiento y efectos oportunos, indicando que contra la presente resolución, que
pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de dos de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de
Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial
de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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