Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Palomas. (02734/2024)
Bases para la provisión, como funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Agente de la Policía Local
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Palomas
Anuncio 2734/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Palomas
Palomas (Badajoz)
Anuncio 2734/2024
Bases para la provisión, como funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Agente de la
Policía Local
BASES PARA LA PROVISIÓN, COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA
DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALOMAS
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 53/2024 de fecha 3 de junio de 2024, las bases y la convocatoria
para cubrir una plaza de Agente de la Policía Local, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Servicios
Especiales, clase de la Policía Local, subgrupo C1 por el sistema de oposición libre, se abre el plazo de presentación de
solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial
del Estado.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan, de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín
Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento
[https://palomas.sedelectronica.es/info.0] y en el tablón de anuncios.
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL ACCESO A UNA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE
PALOMAS, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria el acceso, con carácter de personal funcionario de carrera, en turno libre por el
sistema de oposición, a una plaza de Agente de la Policía Local, encuadrada en la escala de Administración Especial,
subescala Servicios Especiales, clase de la Policía Local, escala Básica o Ejecutiva, subgrupo C1, de acuerdo con el artículo 76
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento.
La plaza está dotada con las retribuciones básicas correspondientes al grupo C, según los artículos 22 y 76 del RDLeg 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto
218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas Marco de los Policías Locales de Extremadura; la Ley 7/2017,
de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, las retribuciones complementarias y demás derechos
que correspondan con arreglo a la legislación vigente y la Corporación tenga acordado o pueda acordar.
Corresponderá al funcionario titular de la plaza objeto de la presente convocatoria, una vez proveído el puesto
correspondiente, el desempeño de las funciones contempladas en la Norma Marco antes citada. Estarán, además, sujetos a
lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas.
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el RDLeg 5/2015, de 30 de octubre,
del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes
en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura; el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de la
Consejería de Administración Pública de la Junta de Extremadura, por el que se aprueban las Normas Marco de los Policías
Locales de Extremadura; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda.- Igualdad de trato.
Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 16
Anuncio 2734/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Palomas
Palomas (Badajoz)
Anuncio 2734/2024
Bases para la provisión, como funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Agente de la
Policía Local
BASES PARA LA PROVISIÓN, COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA
DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALOMAS
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 53/2024 de fecha 3 de junio de 2024, las bases y la convocatoria
para cubrir una plaza de Agente de la Policía Local, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Servicios
Especiales, clase de la Policía Local, subgrupo C1 por el sistema de oposición libre, se abre el plazo de presentación de
solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial
del Estado.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan, de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín
Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento
[https://palomas.sedelectronica.es/info.0] y en el tablón de anuncios.
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL ACCESO A UNA PLAZA DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE
PALOMAS, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria el acceso, con carácter de personal funcionario de carrera, en turno libre por el
sistema de oposición, a una plaza de Agente de la Policía Local, encuadrada en la escala de Administración Especial,
subescala Servicios Especiales, clase de la Policía Local, escala Básica o Ejecutiva, subgrupo C1, de acuerdo con el artículo 76
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento.
La plaza está dotada con las retribuciones básicas correspondientes al grupo C, según los artículos 22 y 76 del RDLeg 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto
218/2009, de 9 de octubre, por el que se aprueban las Normas Marco de los Policías Locales de Extremadura; la Ley 7/2017,
de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, las retribuciones complementarias y demás derechos
que correspondan con arreglo a la legislación vigente y la Corporación tenga acordado o pueda acordar.
Corresponderá al funcionario titular de la plaza objeto de la presente convocatoria, una vez proveído el puesto
correspondiente, el desempeño de las funciones contempladas en la Norma Marco antes citada. Estarán, además, sujetos a
lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas.
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el RDLeg 5/2015, de 30 de octubre,
del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes
en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura; el Decreto 218/2009, de 9 de octubre, de la
Consejería de Administración Pública de la Junta de Extremadura, por el que se aprueban las Normas Marco de los Policías
Locales de Extremadura; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda.- Igualdad de trato.
Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir las siguientes condiciones:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 16