Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02703/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Almacenero/a
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a
las preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la
publicación de la plantilla de respuestas, y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles a
contar desde el siguiente a la publicación de dicho anuncio. Para facilitarlo, podrán
presentarlas a través del trámite "Alegaciones a pruebas selectivas" habilitado en la sede
electrónica de la Diputación de Badajoz/trámites ciudadanos y empresas/trámites por
delegaciones/Recursos Humanos y Régimen Interior:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1
2. Segundo ejercicio (10 puntos máximo): Práctico, consistirá en contestar a tres supuestos
prácticos de entre cinco facilitados, relacionados con el temario anexo, durante un tiempo
máximo de dos horas, en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en
referencia a la plaza objeto de la convocatoria. La puntuación global del ejercicio será la media
de la puntuación obtenida en los tres supuestos, calificados sobre 10 puntos, debiendo
alcanzarse como mínimo 5 puntos de media entre los tres supuestos elegidos.
Determinación de la puntuación: Los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán
carácter eliminatorio entre sí y su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un
máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al menos una puntuación de
cinco puntos para superar cada ejercicio. En el segundo ejercicio, los errores, omisiones,
imprecisiones, ausencia de una argumentación razonada o de aspectos jurídicos/técnicos
relevantes, implicarán la reducción de la puntuación. Cuando, en su caso, se valoren con la
media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, se eliminarán,
las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a
dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o
más puntos, solo se eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
El temario está recogido en el anexo I a la presente convocatoria. La normativa que
expresamente se cita se considerará referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la
sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la normativa vigente el día
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente será el
alfabético, comenzando por la persona aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "W"
de conformidad con la resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría de Estado de Función
Pública (BOE de 29-07-2023).
El desarrollo del proceso selectivo podría ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus
fases, incluida la realización de ejercicios, con cualquier otro que se estén celebrando en, la
Diputación de Badajoz, sus organismos autónomos o consorcios.
b) Fase de concurso (hasta un máximo de 4 puntos). Finalizada la fase de oposición, tal y como se ha indicado
en la base cuarta, el Tribunal de Selección publicará anuncio concediendo a las personas aspirantes que han
superado dicha fase, un plazo de 10 días hábiles para presentar a través de registro, y dirigido al Área de
Recursos Humanos y Régimen Interior de Diputación de Badajoz, en original o copia auténtica, documentos
acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso.
Se valorarán exclusivamente servicios prestados en la administración pública en plaza igual a la ofertada, se
concederán 0,1 puntos por mes de servicio efectivo, computándose hasta un máximo de cuarenta meses,
acumulando todos los periodos y despreciándose la fracción final resultante inferior al mes. Los servicios
prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el permiso de
reducción de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso, se computarán
incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin
reducción de jornada.
Se recabarán de oficio los méritos que consten en el expediente personal. Los servicios prestados en otras
administraciones, o que no consten en el expediente personal, se acreditarán mediante la aportación por la
persona interesada de certificación expedida por el órgano competente de la administración donde se hayan
prestado los mismos, así como cualquier otra documentación justificativa.
El personal en activo podrán realizar la consulta electrónica de su expediente, mediante el acceso a través del
gestor de correo web ZIMBRA/"Portal del Empleado/expediente personal en RRHH". Cualquier consulta o
aclaración relativa al expediente personal, podrá ser dirigida al Área de Recursos Humanos, por correo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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