Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02576/2024)
Cese y nombramiento de tenientes de Alcalde y miembros de la Junta de Gobierno Local, y delegación de atribuciones
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 2576/2024
Oficina de Atención Ciudadana, surtiendo efecto dichas delegaciones desde el día siguiente al de la fecha.
Cuarto. Las delegaciones genéricas conferidas tendrán la extensión prevista en el artículo 121.2 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, comprendiendo, en consecuencia, todas aquellas facultades,
derechos y deberes referidos a la materia delegada que correspondan al órgano que tiene asignadas
originariamente las atribuciones, con la sola excepción de las que según la Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean
delegables, y abarcarán tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en
general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Quinto. Esta alcaldía conservará las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos o
disposiciones emanados en virtud de la delegación.
b) La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia, y
c) Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas se
entenderán dictados por el órgano delegante, correspondiendo, en consecuencia, a este la
resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.
Sexto. En orden a su efectividad, notifíquese personalmente la presente resolución a las personas
interesadas, publíquese el anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia, y dese cuenta de la
misma al Pleno en la primera sesión que celebre".
En Villanueva de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Bernardo Gonzalo Mateo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Oficina de Atención Ciudadana, surtiendo efecto dichas delegaciones desde el día siguiente al de la fecha.
Cuarto. Las delegaciones genéricas conferidas tendrán la extensión prevista en el artículo 121.2 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, comprendiendo, en consecuencia, todas aquellas facultades,
derechos y deberes referidos a la materia delegada que correspondan al órgano que tiene asignadas
originariamente las atribuciones, con la sola excepción de las que según la Ley 7/1985, de 2 de abril, no sean
delegables, y abarcarán tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en
general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Quinto. Esta alcaldía conservará las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:
a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos o
disposiciones emanados en virtud de la delegación.
b) La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia, y
c) Los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de las atribuciones delegadas se
entenderán dictados por el órgano delegante, correspondiendo, en consecuencia, a este la
resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.
Sexto. En orden a su efectividad, notifíquese personalmente la presente resolución a las personas
interesadas, publíquese el anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia, y dese cuenta de la
misma al Pleno en la primera sesión que celebre".
En Villanueva de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Bernardo Gonzalo Mateo.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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