Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02516/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de Profesor/a Superior de Percusión
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 9.1.f de la Ordenanza reguladora del procedimiento
administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al
expediente los documentos adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente
firmados por el órgano competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial
de Badajoz podrá en cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o
solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias implica
la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia técnica debidamente acreditada
haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
4. Discapacidad.
Las personas aspirantes con discapacidad, y que precisen adaptaciones para la realización de los ejercicios, deberán
solicitarlo en la instancia concretando la adaptación que precisen, en el caso de que esta sea necesaria. Deberán aportar
junto a la misma certificado acreditativo expedido por la administración competente de tener una discapacidad igual o
superior al 33%. El Tribunal de selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que
correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006,
de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes
de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni
menoscabo del nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación
directa con el formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de las personas aspirantes
para las funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las plazas objeto de las presentes
bases. Asimismo, en su caso, la Administración podrá solicitar informe del Centro de Atención a la Discapacidad en
Extremadura, CADEX, u organismo equivalente que acredite la compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de
las tareas y funciones de las plazas. Dicho informe tendrá carácter no vinculante para la obtención del grado de «apto
laboral» emitido por el Servicio de Prevención y Salud en el reconocimiento médico previsto.
Quinta.- Admisión.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la
Diputación de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
La subsanación deberá realizarse por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la Diputación de
Badajoz se podrá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en el que se adjuntará la
documentación oportuna en función de la causa de exclusión:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1.
(trámites ciudadanos y empresas/trámites por delegaciones/Recursos Humanos y Régimen Interior: Subsanación de la
solicitud de admisión a pruebas selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de las
personas aspirantes que fueron excluidas y que han subsanado errores, así como las omisiones producidas. Así mismo, se
publicará con la debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios, y los componentes del Tribunal de
Selección.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz, así como en la página web de la misma. A efectos de cómputo de plazos, regirá la
fecha de publicación del correspondiente anuncio en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación.
Podrá realizarse el seguimiento de la convocatoria a través de la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación de
Badajoz, https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php, tablón de empleo provincial
https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, así como realizar consultas o plantear dudas, en el correo electrónico:
rrhh@dip-badajoz.es. Será responsabilidad de cada persona aspirante, actuar con diligencia a la hora de consultar los
diferentes medios de información disponibles para hacer el seguimiento de la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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