Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Inmobiliaria Municipal de Badajoz. (02522/2024)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Formador/a de la Escuela de Música, en régimen de personal laboral temporal, mediante el sistema de concurso-oposición
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes

Anuncio 2522/2024

En caso de empate, se priorizará atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal de Selección hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación provisional en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, abriéndose
un plazo de reclamaciones de dos días hábiles y una vez expirado el plazo de reclamaciones y resueltas las
mismas se publicará una lista de puntuaciones definitiva.
Artículo 7. Lista de espera.
En los casos de renuncia del personal seleccionado o alguna otra incidencia que suponga la extinción o suspensión
provisional de la relación laboral, o la ampliación de la ratio de Técnicos/as en el centro, se formará una lista de espera, por
orden de puntuación.
Artículo 8. Tribunal de selección.
El Tribunal de Selección estará integrado por los siguientes miembros:

Cargo

Identidad

Presidente:

Francisco José Suárez Montaño

Suplente:

Nuria Yuste Cano

Vocal:

María Regadera Montalbán

Suplente:

Antonio José Lázaro Ruiz

Vocal:

Ana María Lucas Cita

Suplente:

José Julio Jurado Morgádez

Secretario:

El de la corporación

Suplente:

Pedro Babiano González

Artículo 9. Incidencias.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver la cuestiones e incidencias que puedan
suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido
orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases.
Artículo 10. Normativa aplicable.
La disposición adicional novena "contratos vinculados a programas de activación para el empleo" del Real Decreto
Legislativo 3/2014, de 23 de octubre, por el que se aprueba del Texto Refundido de la Ley de Empleo en cuanto a realizar
contratos para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral.
La Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura establece en su artículo 15
"competencias propias de los municipios" en su apartado 1 c) 4.º "Desarrollo local económico y social y políticas de fomento
o planes locales de empleo".
Decreto de alcaldía 2021-0581, con fecha 04/06/2021, en la que se define la estrategia de empleo del Ayuntamiento de
Fuenlabrada de los Montes en su párrafo quinto, en el que se definen los programas y servicios específicos que se enmarcan
dentro del Plan de Empleo Local».
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín
Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante
Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en
Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el
recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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