Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de la Serena. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (02473/2024)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público para la prestación del servicio de ayuda a domicilio
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Ayuntamiento de Malpartida de la Serena

Anuncio 2473/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Malpartida de la Serena
Malpartida de la Serena (Badajoz)
Anuncio 2473/2024
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público para la prestación del servicio de
ayuda a domicilio

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO
El Ayuntamiento de Malpartida de la Serena, en sesión plenaria de 22 de marzo de 2024, acordó aprobar inicialmente la
modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público para la prestación del servicio de ayuda a domicilio de
Malpartida de la Serena conforme al texto que aquí se reproduce.
Una vez publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz con fecha de 8 de abril de 2024 (anuncio 1398/2024) la
misma sin que se hayan producido durante el período de exposición al público alegaciones ni impugnación o reclamación de
clase alguna procede su aprobación definitiva, publicando el texto de la misma en el Boletín Oficial correspondiente en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE AYUDA A DOMICILIO DE
MALPARTIDA DE LA SERENA
La propuesta aprobada por el Pleno en sesión ordinaria de fecha de 22 de marzo de 2024, se circunscribe a la nueva
redacción del artículo 6.º de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de ayuda a domicilio, quedando el
mismo tras la modificación de la siguiente manera:
Artículo 6.º.- Cuota tributaria.
La tarifa de éste precio público, consistirá en una cantidad a pagar por el coste hora del servicio efectivamente prestado en
función de los ingresos de la unidad familiar, conforme se determina a continuación:
SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

Hasta 360,00 euros de ingresos mensuales

Exentos

De 360,00 a 550,00 euros de ingresos mensuales

2,00 €/ hora

De 550,00 a 650,00 euros de ingresos mensuales

3,00 €/ hora

De 650,00 a 750,00 euros de ingresos mensuales

4,00 €/ hora

De 750,00 a 1000,00 euros de ingresos mensuales

5,00 €/ hora

De 1.000,00 a 1.200,00 euros de ingresos mensuales

6,00 €/ hora

Más de 1.200,00 euros de ingresos mensuales

7,00 €/hora

Malpartida de la Serena, a fecha de la firma digital.- J. Pedro Gómez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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