Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. (02446/2024)
Corrección de error en edicto publicado el 30 de abril de 2024 sobre las bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas, destinadas a la recuperación de locales comerciales vacíos durante el año 2024
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 2446/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Villanueva de la Serena (Badajoz)
Anuncio 2446/2024
Corrección de error en edicto publicado el 30 de abril de 2024 sobre las bases reguladoras de la concesión de ayudas
económicas, destinadas a la recuperación de locales comerciales vacíos durante el año 2024

Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de mayo de 2024, se ha aprobado una corrección de
errores del acuerdo adoptado por dicho órgano, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de abril anterior, relativo a las bases
reguladoras y la convocatoria de ayudas económicas destinadas a la recuperación de locales comerciales vacíos durante el
año 2024, que fueron publicadas para general conocimiento en el Boletín Oficial de la Provincia número 82, de 30 de abril de
2024, y en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia número 84, de 3 de mayo siguiente, en el sentido que se trascribe a
continuación:
En la base cuarta ("exclusiones"),
Donde dice:
"Estarán excluidas de las ayudas reguladas en las presentes bases:
1. Las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley
General de Subvenciones.
2. Cuando exista una vinculación patrimonial, societaria o familiar, por afinidad o consanguinidad, hasta
el segundo grado, entre el arrendador y el arrendatario, o entre los socios en caso de personas
jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.
3. Las empresas que no tengan la consideración de PYMES, conforme al anexo I del Reglamento (UE)
número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de
ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
4. Las entidades financieras y salas de juegos.
5. Los cambios de titularidad de la licencia de actividad o declaración responsable de inicio de actividad
en los supuestos de modificación de la denominación fiscal o forma jurídica de la empresa.
6. Los supuestos de traspaso o cambio de titularidad de la licencia de actividad o declaración
responsable de inicio de actividad.
7. Los supuestos de traslado de una actividad comercial o empresarial ya instalada en el municipio de
Villanueva de la Serena."
Debe decir:
"Estarán excluidas de las ayudas reguladas en las presentes bases:
1. Las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley
General de Subvenciones.
2. Cuando exista una vinculación patrimonial, societaria o familiar, por afinidad o consanguinidad, hasta
el segundo grado, entre el arrendador y el arrendatario, o entre los socios en caso de personas
jurídicas o entidades sin personalidad jurídica.
3. Las empresas que no tengan la consideración de PYMES, conforme al anexo I del Reglamento (UE)
número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de
ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
4. Las entidades financieras y salas de juegos.
5. Los cambios de titularidad de la licencia de actividad o declaración responsable de inicio de actividad
en los supuestos de modificación de la denominación fiscal o forma jurídica de la empresa.
6. Los supuestos de traslado de una actividad comercial o empresarial ya instalada en el municipio de
Villanueva de la Serena."
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Villanueva de la Serena, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Ana Belén Fernández González.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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