Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02350/2024)
Convocatoria para nombramiento de Juez de paz titular
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre
Anuncio 2350/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre
Villagarcía de la Torre (Badajoz)
Anuncio 2350/2024
Convocatoria para nombramiento de Juez de paz titular
BANDO DE ALCALDÍA
Don Eduardo Martín Chávez, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, hago saber:
Que está previsto que en el mes de julio de 2024 quede vacante el cargo de Juez de Paz titular de Villagarcía
de la Torre.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y
sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz.
Que se abre un plazo de diez días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las
condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el
procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la
Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se
precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
https://sede.villagarciadelatorre.es/].
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del
Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera
Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Villagarcía de la Torre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Eduardo Martín Chávez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Villagarcía de la Torre (Badajoz)
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BANDO DE ALCALDÍA
Don Eduardo Martín Chávez, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, hago saber:
Que está previsto que en el mes de julio de 2024 quede vacante el cargo de Juez de Paz titular de Villagarcía
de la Torre.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y
sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz.
Que se abre un plazo de diez días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las
condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el
procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la
Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se
precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
https://sede.villagarciadelatorre.es/].
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del
Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera
Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Villagarcía de la Torre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Eduardo Martín Chávez.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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