Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02333/2024)
Bases de la convocatoria de subvenciones de ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
Fuenlabrada de los Montes (Badajoz)
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Bases de la convocatoria de subvenciones de ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA FECHA 20 DE MAYO DE 2024 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES EN MATERIA DE BASES
ESPECÍFICAS PARA LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DE APOYO SOCIAL PARA CONTINGENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE
FUENLABRADA DE LOS MONTES PARA EL AÑO 2024, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA DE LOS MONTES (BADAJOZ) PARA LA
CONCESIÓN DE AYUDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO SOCIAL PARA CONTINGENCIAS 2024
El código de identificación BDNS a la convocatoria 762063.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En el marco creado por el programa de colaboración económica municipal para ayudas extraordinarias de apoyo social para
contingencias para 2024 (DOE número 33, de 16 de febrero de 2024), se viene a establecer las bases reguladoras de esta
ayuda por el Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes para el año 2024.
Con fecha 30 de abril de 2024, se ha dictado resolución de la Consejera de Salud y Servicios Sociales, por la que se
determinan las entidades locales destinatarias y la cuantía individual que corresponde a cada una de las entidades locales,
correspondientes a la primera remesa de la transferencia de créditos a las entidades locales de la provincia de Badajoz con
una población de hasta 2.500 habitantes, relativas al programa de colaboración económica municipal para ayudas
extraordinarias de apoyo social para contingencias para el año 2024
Este programa de colaboración económica municipal tiene como objetivo atender las emergencias sociales puntuales y
garantizar temporalmente la cobertura de necesidades personales básicas para la subsistencia, por razones sobrevenidas y
falta de ingresos o rentas, se produzca una carencia crítica que no pudiera ser atendida por medios propios o mediante
recursos sociales e institucionales disponibles en el entorno, requiriendo atención en un breve plazo de tiempo con el fin de
prevenir, evitar o paliar procesos de exclusión social a las personas residentes en las entidades locales extremeñas que
cumplan los requisitos previstos en el acuerdo de 26 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
y por ende el decreto 110/2021, de 22 de septiembre, por el que se regulan las ayudas extraordinarias de apoyo social para
contingencias.
Primero.- Definición y naturaleza.
1. Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias son prestaciones económicas no periódicas
a otorgar a las personas residentes en Extremadura que, por situaciones extraordinarias no puedan hacer
frente, por sí mismas o mediante los recursos sociales o institucionales disponibles en el entorno, a
determinados gastos considerados básicos, requiriendo atención en un breve plazo de tiempo con el fin de
prevenir, evitar o paliar procesos de exclusión social y garantizar de manera temporal la cobertura de las
necesidades personales básicas de subsistencia.
2. Por su naturaleza y finalidad de prestación de carácter asistencial, a las ayudas extraordinarias de apoyo
social para contingencias no les resultará de aplicación la normativa en materia de subvenciones.
3. La concesión de estas ayudas queda condicionada a la disponibilidad de crédito a la fecha de resolución de
la solicitud.
Segundo.- Características.
1. Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias no tendrán carácter periódico o indefinido,
limitándose a cubrir mediante un pago único las necesidades puntuales e inusuales originadas por
contingencias extraordinarias que afecten a las personas destinatarias.
Las situaciones crónicas de necesidad deberán ser derivadas a otros recursos sociales e institucionales.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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