Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02335/2024)
Aprobación inicial de la Ordenanza reguladora del servicio de ayuda a domicilio
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de La Garrovilla
Anuncio 2335/2024
SE DISPONE
En su totalidad
0 puntos
De alguno de ellos
4 puntos
Se carece totalmente de ellos
10 puntos
4.- Situación Socio-Familiar (máximo 25 puntos):
4.1. Relaciones de convivencia (con las personas que convive como con las personas que le
podrían prestar ayuda):
Buenas relaciones
0 puntos
Problemas leves permanentemente
4 puntos
Problemas graves
6 puntos
Ninguna relación
10 puntos
4.2. Tipo de ayuda que se le presta (por parte de familiares directos o indirectos):
Suficientes para permanecer en su medio
4 puntos
Insuficientes para permanecer en su medio
6 puntos
No percibe ningún tipo de ayuda
10 puntos
4.3. Tipo de ayuda que se le presta (por parte de vecinos y/o amigos de forma continua):
Suficientes para permanecer en su medio
2 puntos
Insuficientes para permanecer en su medio
3 puntos
No percibe ningún tipo de ayuda
5 puntos
Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndole saber que contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía
administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Pleno de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo que proceda, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de la citada publicación,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente.
En La Garrovilla, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Cristina Romero Salgado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 11 de 12
Anuncio 2335/2024
SE DISPONE
En su totalidad
0 puntos
De alguno de ellos
4 puntos
Se carece totalmente de ellos
10 puntos
4.- Situación Socio-Familiar (máximo 25 puntos):
4.1. Relaciones de convivencia (con las personas que convive como con las personas que le
podrían prestar ayuda):
Buenas relaciones
0 puntos
Problemas leves permanentemente
4 puntos
Problemas graves
6 puntos
Ninguna relación
10 puntos
4.2. Tipo de ayuda que se le presta (por parte de familiares directos o indirectos):
Suficientes para permanecer en su medio
4 puntos
Insuficientes para permanecer en su medio
6 puntos
No percibe ningún tipo de ayuda
10 puntos
4.3. Tipo de ayuda que se le presta (por parte de vecinos y/o amigos de forma continua):
Suficientes para permanecer en su medio
2 puntos
Insuficientes para permanecer en su medio
3 puntos
No percibe ningún tipo de ayuda
5 puntos
Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndole saber que contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía
administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Pleno de este
Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo que proceda, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de la citada publicación,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar más conveniente.
En La Garrovilla, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Cristina Romero Salgado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 11 de 12