Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02249/2024)
Convocatoria de ofertas de plazas de residencia (alojamiento y manutención) en la Residencia Universitaria "Hernán Cortes", para el curso 2024-2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 2249/2024
Base 7. Instrucción y resolución.
1. Gestión e instrucción:
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por la Dirección de la Residencia Universitaria
"Hernán Cortés" que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos a valorar, en un plazo de 20 días hábiles desde el fin del período
de exámenes de la convocatoria de julio de la Universidad de Extremadura, siempre y cuando estén
aprobadas las actas de calificación correspondientes.
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos
observados en la inicial, el órgano instructor elaborará un informe motivado sobre las solicitudes
presentadas. Este informe especificará las solicitudes excluidas y sus causas, así como la valoración de todas
las solicitudes que no resulten excluidas, conforme a los baremos recogidos en la base séptima. Se
diferenciará entre los solicitantes con acceso directo y los solicitantes de nuevo ingreso, diferenciados por
sexo y ordenados los últimos según puntuación decreciente. Dicho informe junto con el certificado expedido
por el Secretario General acreditativo de las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido en la
convocatoria se elevará a la Comisión de Valoración, encargada de su valoración definitiva y de la propuesta
de resolución, y que estará conformada en la forma que se establece a continuación:
Presidencia: La Dirección del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Vocales:
- Dirección Residencia Universitaria Hernán Cortés, o persona en quien delegue.
- Subdirección de Administración y Gestión, de la Residencia Universitaria o persona en quien
delegue.
- Funcionario o funcionaria de carrera de administración de la Residencia Universitaria o
persona en quien delegue.
- Intervención General o persona en quien delegue.
- Secretaría General o persona en quien delegue.
Secretario o Secretaria:
- Funcionario o funcionaria de carrera del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Esta Comisión analizará la propuesta presentada por la Dirección de la
Residencia, junto con las diversas solicitudes y propondrá de forma motivada y
conforme a los criterios recogidos en la base 6 de esta convocatoria, la
adjudicación de las plazas, elevando, a través de su Presidencia la propuesta de
resolución del Diputado del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
2. Resolución:
El órgano competente para la resolución es el Diputado del Área de Cultura, Deportes y Juventud (decreto de
reordenación de Áreas Funcionales y Delegaciones de la Corporación Provincial de 10 de abril de 2024,
publicado en BOP de 11 de abril de 2024), que emitirá resolución motivada en el plazo máximo de 3 meses
naturales a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior
sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se entenderá desestimado por silencio administrativo.
La resolución incluirá en anexos individualizados, la relación de las personas beneficiarias desagregadas por
sexo así como las correspondientes listas de espera y hará constar, en su caso, de manera expresa, la
desestimación motivada del resto de solicitudes.
Las listas de espera, diferenciadas entre hombres y mujeres, se ordenarán por la puntuación obtenida según
el baremo establecido en el apartado segundo de la base 6.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Base 7. Instrucción y resolución.
1. Gestión e instrucción:
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por la Dirección de la Residencia Universitaria
"Hernán Cortés" que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos a valorar, en un plazo de 20 días hábiles desde el fin del período
de exámenes de la convocatoria de julio de la Universidad de Extremadura, siempre y cuando estén
aprobadas las actas de calificación correspondientes.
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos
observados en la inicial, el órgano instructor elaborará un informe motivado sobre las solicitudes
presentadas. Este informe especificará las solicitudes excluidas y sus causas, así como la valoración de todas
las solicitudes que no resulten excluidas, conforme a los baremos recogidos en la base séptima. Se
diferenciará entre los solicitantes con acceso directo y los solicitantes de nuevo ingreso, diferenciados por
sexo y ordenados los últimos según puntuación decreciente. Dicho informe junto con el certificado expedido
por el Secretario General acreditativo de las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido en la
convocatoria se elevará a la Comisión de Valoración, encargada de su valoración definitiva y de la propuesta
de resolución, y que estará conformada en la forma que se establece a continuación:
Presidencia: La Dirección del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Vocales:
- Dirección Residencia Universitaria Hernán Cortés, o persona en quien delegue.
- Subdirección de Administración y Gestión, de la Residencia Universitaria o persona en quien
delegue.
- Funcionario o funcionaria de carrera de administración de la Residencia Universitaria o
persona en quien delegue.
- Intervención General o persona en quien delegue.
- Secretaría General o persona en quien delegue.
Secretario o Secretaria:
- Funcionario o funcionaria de carrera del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Esta Comisión analizará la propuesta presentada por la Dirección de la
Residencia, junto con las diversas solicitudes y propondrá de forma motivada y
conforme a los criterios recogidos en la base 6 de esta convocatoria, la
adjudicación de las plazas, elevando, a través de su Presidencia la propuesta de
resolución del Diputado del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
2. Resolución:
El órgano competente para la resolución es el Diputado del Área de Cultura, Deportes y Juventud (decreto de
reordenación de Áreas Funcionales y Delegaciones de la Corporación Provincial de 10 de abril de 2024,
publicado en BOP de 11 de abril de 2024), que emitirá resolución motivada en el plazo máximo de 3 meses
naturales a contar desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior
sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se entenderá desestimado por silencio administrativo.
La resolución incluirá en anexos individualizados, la relación de las personas beneficiarias desagregadas por
sexo así como las correspondientes listas de espera y hará constar, en su caso, de manera expresa, la
desestimación motivada del resto de solicitudes.
Las listas de espera, diferenciadas entre hombres y mujeres, se ordenarán por la puntuación obtenida según
el baremo establecido en el apartado segundo de la base 6.
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