Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Pedro de Mérida. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02256/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de San Pedro de Mérida
Anuncio 2256/2024
Artículo 37. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 38. Intervenciones específicas.
Capítulo VI. Conductas de mendicidad en los espacios públicos.
Artículo 39. Fundamento de la regulación.
Artículo 40. Normas de conducta.
Artículo 41. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 42. Intervenciones específicas.
Capítulo VII. Ofrecimiento y demanda de servicios sexuales en espacios públicos
Artículo 43. Fundamento de la regulación.
Artículo 44. Normas de conducta.
Artículo 45. Calificación de las infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 46. Intervenciones específicas.
Capítulo. VIII. Comercio ambulante y prestación de servicios no autorizados
Artículo 47. Fundamentos de la regulación.
Artículo 48. Normas de conducta.
Artículo 49. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 50. Intervenciones específicas.
Capítulo IX. Contaminación acústica.
Artículo 51. Fundamento de la regulación.
Artículo 52. Normas de conducta.
Artículo 53. Sistemas de avisos acústicos de establecimientos y edificios.
Artículo 54. Ruidos desde vehículos.
Artículo 55. Carga y descarga.
Artículo 56. Publicidad sonora.
Artículo 57. Artefactos pirotécnicos, petardos y cohetes.
Artículo 58. Fiestas en las calles.
Artículo 59. Ruidos de espectáculos, actividades de ocio, recreativas y esporádicas.
Artículo 60. Actuaciones musicales en la calle.
Artículo 61. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Título III. Otras normas de conducta reguladas en normativa sectorial.
Artículo 62. Finalidad de la regulación.
Capítulo I. Protección de la seguridad ciudadana.
Artículo 63. Fundamentos legales.
Artículo 64. Infracciones muy graves.
Artículo 65. Infracciones graves.
Artículo 66. Infracciones leves.
Artículo 67. Sanciones.
Artículo 68. Sanciones accesorias.
Artículo 69. Graduación de las sanciones.
Artículo 70. Prescripción de infracciones y sanciones.
Artículo 71. Sujetos responsables, menores y reparación del daño e indemnización.
Artículo 72. Caducidad.
Artículo 73. Acceso a los datos de otras administraciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 48
Anuncio 2256/2024
Artículo 37. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 38. Intervenciones específicas.
Capítulo VI. Conductas de mendicidad en los espacios públicos.
Artículo 39. Fundamento de la regulación.
Artículo 40. Normas de conducta.
Artículo 41. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 42. Intervenciones específicas.
Capítulo VII. Ofrecimiento y demanda de servicios sexuales en espacios públicos
Artículo 43. Fundamento de la regulación.
Artículo 44. Normas de conducta.
Artículo 45. Calificación de las infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 46. Intervenciones específicas.
Capítulo. VIII. Comercio ambulante y prestación de servicios no autorizados
Artículo 47. Fundamentos de la regulación.
Artículo 48. Normas de conducta.
Artículo 49. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 50. Intervenciones específicas.
Capítulo IX. Contaminación acústica.
Artículo 51. Fundamento de la regulación.
Artículo 52. Normas de conducta.
Artículo 53. Sistemas de avisos acústicos de establecimientos y edificios.
Artículo 54. Ruidos desde vehículos.
Artículo 55. Carga y descarga.
Artículo 56. Publicidad sonora.
Artículo 57. Artefactos pirotécnicos, petardos y cohetes.
Artículo 58. Fiestas en las calles.
Artículo 59. Ruidos de espectáculos, actividades de ocio, recreativas y esporádicas.
Artículo 60. Actuaciones musicales en la calle.
Artículo 61. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Título III. Otras normas de conducta reguladas en normativa sectorial.
Artículo 62. Finalidad de la regulación.
Capítulo I. Protección de la seguridad ciudadana.
Artículo 63. Fundamentos legales.
Artículo 64. Infracciones muy graves.
Artículo 65. Infracciones graves.
Artículo 66. Infracciones leves.
Artículo 67. Sanciones.
Artículo 68. Sanciones accesorias.
Artículo 69. Graduación de las sanciones.
Artículo 70. Prescripción de infracciones y sanciones.
Artículo 71. Sujetos responsables, menores y reparación del daño e indemnización.
Artículo 72. Caducidad.
Artículo 73. Acceso a los datos de otras administraciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 48