Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de la Serena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02299/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de la piscina municipal
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Ayuntamiento de Higuera de la Serena
Anuncio 2299/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Higuera de la Serena
Higuera de la Serena (Badajoz)
Anuncio 2299/2024
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de la piscina municipal
APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN
DE LA PISCINA MUNICIPAL
El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2024, acordó aprobar inicialmente la
modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de instalaciones deportivas "piscina municipal".
Publicada dicha aprobación inicial en el Boletín Oficial de la Provincia número 61, de 1 de abril de 2024, y habiendo
transcurrido el período de información pública y audiencia a los interesados, sin que durante el mismo se hayan presentado
reclamaciones o sugerencias, el citado acuerdo se entiende definitivamente aprobado.
Para su entrada en vigor, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede, en el anexo
adjunto, a la publicación del texto íntegro de los artículos que se modifican de dicha Ordenanza.
Contra el citado acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del
presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Gregorio García Morales.
______________
ANEXO
ARTÍCULOS QUE SE MODIFICAN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES
DEPORTIVAS "PISCINA MUNICIPAL"
Artículo 5. Cuota tributaria.
La tasa a cobrar, en cada caso, será la siguiente: La determinada por la aplicación de la tabla de precios o abonos siguiente:
1.º. Entradas individuales
Precio
Niños (de 5 hasta 12 años)
1,50 €
Adultos (más de 13 años)
2,00 €
Pensionistas
1,50 €
Personas con necesidades especiales
Discapacidad mayor al 33%
1,00 €
2.º. Abonos temporada
Precio
Niños (de 5 hasta 12 años)
20,00 €
Adultos (más de 13 años)
40,00 €
Familiar
80,00 €
Pensionistas
20,00 €
Personas con necesidades especiales
Discapacidad mayor al 33%
15,00 €
Disposición final.
Esta modificación de la ordenanza aprobada por el Pleno en sesión celebrada el 26 de marzo de 2024, empezará a regir tras
su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y continuará vigente mientras no se acuerde la modificación o
derogación expresa. El resto de artículos no modificados siguen vigentes.
Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Gregorio García Morales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN
DE LA PISCINA MUNICIPAL
El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2024, acordó aprobar inicialmente la
modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de instalaciones deportivas "piscina municipal".
Publicada dicha aprobación inicial en el Boletín Oficial de la Provincia número 61, de 1 de abril de 2024, y habiendo
transcurrido el período de información pública y audiencia a los interesados, sin que durante el mismo se hayan presentado
reclamaciones o sugerencias, el citado acuerdo se entiende definitivamente aprobado.
Para su entrada en vigor, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede, en el anexo
adjunto, a la publicación del texto íntegro de los artículos que se modifican de dicha Ordenanza.
Contra el citado acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del
presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Gregorio García Morales.
______________
ANEXO
ARTÍCULOS QUE SE MODIFICAN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES
DEPORTIVAS "PISCINA MUNICIPAL"
Artículo 5. Cuota tributaria.
La tasa a cobrar, en cada caso, será la siguiente: La determinada por la aplicación de la tabla de precios o abonos siguiente:
1.º. Entradas individuales
Precio
Niños (de 5 hasta 12 años)
1,50 €
Adultos (más de 13 años)
2,00 €
Pensionistas
1,50 €
Personas con necesidades especiales
Discapacidad mayor al 33%
1,00 €
2.º. Abonos temporada
Precio
Niños (de 5 hasta 12 años)
20,00 €
Adultos (más de 13 años)
40,00 €
Familiar
80,00 €
Pensionistas
20,00 €
Personas con necesidades especiales
Discapacidad mayor al 33%
15,00 €
Disposición final.
Esta modificación de la ordenanza aprobada por el Pleno en sesión celebrada el 26 de marzo de 2024, empezará a regir tras
su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y continuará vigente mientras no se acuerde la modificación o
derogación expresa. El resto de artículos no modificados siguen vigentes.
Higuera de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Gregorio García Morales.
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