Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02260/2024)
Decreto de información pública de la relación de bienes y derechos necesarios, expropiación forzosa entronque de Torre de Miguel Sesmero en la CP BA-055 Corte de Peleas a Torre de Miguel Sesmero por Entrín Bajo (Badajoz) - Modificado número 2
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

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Decreto de información pública de la relación de bienes y derechos necesarios, expropiación forzosa entronque de Torre de
Miguel Sesmero en la CP BA-055 Corte de Peleas a Torre de Miguel Sesmero por Entrín Bajo (Badajoz) - Modificado número
2

DECRETO DEL DIPUTADO DELEGADO DEL ÁREA DE INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR
EL QUE SE SOMETE A INFORMACIÓN PÚBLICA LA RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS NECESARIOS, ASÍ COMO LOS
PROPIETARIOS AFECTADOS EN EL PROCEDIMIENTO DE EXPROPIACIÓN FORZOSA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE
OBRA "ENTRONQUE DE TORRE DE MIGUEL SESMERO EN LA C.P. BA-055 CORTE DE PELEAS A TORRE DE MIGUEL SESMERO
POR ENTRÍN BAJO (BADAJOZ)" - MODIFICADO NÚMERO 2
Por resolución de la Diputación de Badajoz de 11 de septiembre de 2018 se aprobó el proyecto de ejecución de la obra
"Entronque de Torre de Miguel Sesmero en la CP BA-055 Corte de Peleas a Torre de Miguel Sesmero por Entrín Bajo
(Badajoz)", para cuya ejecución es necesario proceder a la expropiación de los terrenos que se relacionaban en el
correspondiente anexo.
Aprobado el proyecto, por resolución de 11 de agosto de 2020 fue sometida a información pública la relación de bienes y
propietarios afectados, siendo publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 163, de 14 de agosto de
2020; en el periódico Hoy de la misma fecha y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento donde radican los bienes y
derechos a expropiar; siendo notificada individualmente a los interesados afectados en el ámbito de actuación.
Mediante Decreto 75/2020, de 16 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura (DOE número 245, de
22 de diciembre de 2020), se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de
expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra "Entronque de Torre de Miguel Sesmero en la CP BA-055 Corte
de Peleas a Torre de Miguel Sesmero por Entrín Bajo (Badajoz)".
Decretada la declaración de urgente ocupación, conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de
1954 de Expropiación Forzosa (LEF), se procede al levantamiento de acta previa a la ocupación el 22 de junio de 2021.
Posteriormente se realiza ofrecimiento de depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación, procediéndose al
levantamiento de acta de ocupación el día 24 de octubre de 2022.
Con fecha de 23 de noviembre de 2023 se produce la aprobación del "Proyecto modificado número 2 del Entronque de
Torre de Miguel Sesmero en la C.P. BA-055 Corte de Peleas a Torre de Miguel Sesmero por Entrín Bajo" debido a que
durante el inicio de las obras y el proceso de excavación para la ejecución de la reposición de la tubería de agua que
abastece a varias localidades, incluidas Torre de Miguel Sesmero, se detecta que el trazado de la tubería no discurre por
donde se había especificado en los planos dados por la empresa de aguas que tiene el servicio de mantenimiento. Debido a
estas circunstancias se debe trazar una nueva alineación, que conlleva un incremento de medición. Afectando también a la
rotonda partida de conexión con la carretera BA-055, adaptando una rotonda cerrada, mejorando de esta forma la
seguridad y se adapta de mejor forma al nuevo trazado de la tubería de abastecimiento. Además, en el proceso de desbroce,
desarbolado y marcaje topográfico del trazado, se detecta que varios accesos a fincas y viviendas quedarían al finalizar las
obras con una diferencia de cota inasumible para poder entrar con un vehículo en la finca. Por esta circunstancia se plantea
la necesidad de modificar la rasante de la nueva carretera para mejorar dichos accesos. Se propone el cambio de la sección
del firme por otra de igual calidad pero que nos permite mejorar dichos accesos.
Conforme a lo estipulado por el artículo 11 de la Ley 7/1995, de 27 abril, de Carreteras de Extremadura, y dado que el
ejercicio de la potestad expropiatoria debe efectuarse de manera proporcionada y efectuando el menor perjuicio en la
situación patrimonial del perjudicado, conforme a lo establecido por la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación
Forzosa, se abre un período de información pública por término de 15 días hábiles para que cualquier persona pueda
aportar los datos oportunos, por escrito, para rectificar posibles errores en la relación que se publica, u oponerse por
razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación. En este caso indicará los motivos por los que debe considerarse
preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación.
El presente anuncio y la relación que se acompaña se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), en El Diario HOY
y será expuesto al público en el tablón de anuncios de los Ayuntamiento de los municipios afectados. Asimismo se
procederá a su publicación en el BOE a efecto de lo determinado por el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en caso de titular desconocido o domicilio ignorado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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