Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02219/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 1/2024
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Ayuntamiento de Almendral

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendral
Almendral (Badajoz)
Anuncio 2219/2024
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 1/2024

APROBACION DEFINITIVA
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Almendral, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos
número 1/2024 del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distintas áreas
de gasto.
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto,
al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en aplicaciones de gastos.

Aplicación

Descripción

Créditos
Disponibles (€)

Créditos a
transferir (€)

Créditos
finales(€)

Justificación

Progr. Económica
459

610.04

Materiales
estable

45.000,00

15.000,00

30.000,00 Los gastos que se
realizarán serán por el
importe final de
crédito

920

625

Mobiliario,
vehículos

55.000,00

25.000,00

30.000,00 No se ejecutarán la
totalidad

100.000,00

40.000,00

60.000,00

Total:

Se crea una nueva aplicación, ya que no está en la estructura de los presupuestos. Ya que sería la siguiente:

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales (€)

Créditos a
incorporar (€)

Modificaciones de
créditos anteriores (€)

Créditos
finales

Progr. Económica
459

60003

Inversión
Terrenos
Total:

0,00

40.000,00

0,00 40.000,00

0,00

40.000,00

0,00 40.000,00

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Almendral, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Francisco Torrescusa Moreno.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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