Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (02227/2024)
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 3/2024
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 2227/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 2227/2024
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 3/2024

El Pleno de esta entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 6 mayo de 2024 acordó la aprobación inicialmente el
expediente de modificación de créditos número 3/2024 en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a la
adjudicación de la subvención Plan Cohesiona 2023, de acuerdo con el siguiente detalle:
CRÉDITO EXTRAORDINARIO 2024-01

Aplicación presupuestaria

Denominación

Crédito
inicial

001/432/143.00.05

Personal laboral temporal (Plan
Cohesiona 2023)

0,00 €

39.941,32 €

39.941,32 €

001/432/160.04.05

Seg. Social personal laboral
temporal (Plan Cohesiona 2023)

0,00 €

21.399,92 €

21.399,92 €

0,00 €

61.341,24 €

61.341,24 €

Total créditos extraordinarios:

Modificación
(incremento)

Crédito
definitivo

El anterior importe se financia mediante:
c) Con cargo al remanente de tesorería disponible para gastos generales:

Aplicación
presupuestaria

Denominación

870.00

Remanente de tesorería para
gastos generales (RTGG)

Total remanente utilizado:

Previsión
inicial

Modificación
(incremento)

Previsión
definitiva

0,00 €

61.341,24 €

61.341,24 €

0,00 €

61.341,24 €

61.341,24 €

Total financiación:

61.341,24 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se
formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede
electrónica
de
esta
entidad
https://jerezdeloscaballeros.sedelectronica.es/transparency/2499e513-f790-4e04-b8ba-571b50227428/.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Jerez de lo Caballeros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Raúl Gordillo Barroso.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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