Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02169/2024)
Bases para la provisión en propiedad de una plaza de Administrativo/a Tesorería, incluida en la oferta de empleo público para el año 2022, mediante el sistema de oposición, turno libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuente de Cantos
Anuncio 2169/2024
7.1.- El sistema selectivo es el de oposición, el cual constará de los siguientes ejercicios de aptitud,
eliminatorios y obligatorios para los aspirantes:
a) Primer ejercicio: Tipo test. Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 60
minutos, un cuestionario tipo test de 50 preguntas con respuestas alternativas extraídas de los
temas que figuran en el anexo II de la convocatoria, siendo solo una de ellas correcta.
El cuestionario contendrá un número de preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán
por su orden correlativamente a aquellas preguntas adicionales tipo test, que, en su caso, sean
objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Este ejercicio se calificará con un máximo de 50 puntos.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1.º. Se calificará a razón de 1 punto cada respuesta correcta.
2.º. Las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna.
3.º. Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán con 0,33 puntos
(restarán 0,33 puntos).
Para superar/aprobar este ejercicio y tener acceso al siguiente es necesario obtener un mínimo
de 25 puntos.
b) Segundo ejercicio: Casos prácticos. Consistirá en contestar y desarrollar por escrito en un
tiempo máximo de 60 minutos, cinco supuestos prácticos relacionados con los temas que
figuran en el anexo II de la convocatoria.
En este ejercicio se valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y
rigor en la exposición y la calidad de expresión escrita.
Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. Cada caso práctico vale como máximo 10 puntos.
Para superar/aprobar este ejercicio es necesario obtener un mínimo de 25 puntos.
La calificación del segundo ejercicio deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la
media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal con derecho a
voto. En el supuesto que alguna de las puntuaciones otorgadas difieran en más de dos puntos,
por exceso o por defecto de la media, serán eliminadas estas y se volverá a calcular la media
con las puntuaciones no eliminadas.
7.4.- La calificación de la oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios,
siendo como máximo de 100 puntos.
Octava.- Calificación de las pruebas de la fase de oposición, relación de aprobados, y presentación de documentos.
8.1.- Calificación final: Será la suma de las puntuaciones alcanzadas por cada aspirante aprobado en cada uno
de los dos ejercicios.
8.2.- Serán seleccionados los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, sin que pueda superar el
número de aprobados el de las plazas objeto de esta convocatoria, que es de 2.
8.3.- En caso de producirse empates en la puntuación total entre 2 o más aspirantes, el Tribunal procederá al
desempate entre los aspirantes con la aplicación de las reglas que a continuación se relacionan, por orden de
prelación:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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eliminatorios y obligatorios para los aspirantes:
a) Primer ejercicio: Tipo test. Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 60
minutos, un cuestionario tipo test de 50 preguntas con respuestas alternativas extraídas de los
temas que figuran en el anexo II de la convocatoria, siendo solo una de ellas correcta.
El cuestionario contendrá un número de preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán
por su orden correlativamente a aquellas preguntas adicionales tipo test, que, en su caso, sean
objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Este ejercicio se calificará con un máximo de 50 puntos.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1.º. Se calificará a razón de 1 punto cada respuesta correcta.
2.º. Las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna.
3.º. Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán con 0,33 puntos
(restarán 0,33 puntos).
Para superar/aprobar este ejercicio y tener acceso al siguiente es necesario obtener un mínimo
de 25 puntos.
b) Segundo ejercicio: Casos prácticos. Consistirá en contestar y desarrollar por escrito en un
tiempo máximo de 60 minutos, cinco supuestos prácticos relacionados con los temas que
figuran en el anexo II de la convocatoria.
En este ejercicio se valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y
rigor en la exposición y la calidad de expresión escrita.
Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. Cada caso práctico vale como máximo 10 puntos.
Para superar/aprobar este ejercicio es necesario obtener un mínimo de 25 puntos.
La calificación del segundo ejercicio deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la
media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal con derecho a
voto. En el supuesto que alguna de las puntuaciones otorgadas difieran en más de dos puntos,
por exceso o por defecto de la media, serán eliminadas estas y se volverá a calcular la media
con las puntuaciones no eliminadas.
7.4.- La calificación de la oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios,
siendo como máximo de 100 puntos.
Octava.- Calificación de las pruebas de la fase de oposición, relación de aprobados, y presentación de documentos.
8.1.- Calificación final: Será la suma de las puntuaciones alcanzadas por cada aspirante aprobado en cada uno
de los dos ejercicios.
8.2.- Serán seleccionados los aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, sin que pueda superar el
número de aprobados el de las plazas objeto de esta convocatoria, que es de 2.
8.3.- En caso de producirse empates en la puntuación total entre 2 o más aspirantes, el Tribunal procederá al
desempate entre los aspirantes con la aplicación de las reglas que a continuación se relacionan, por orden de
prelación:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
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