Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Magacela. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02191/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 03/24
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Ayuntamiento de Magacela

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Magacela
Magacela (Badajoz)
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Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 03/24

Habiendo quedado definitivamente aprobado el expediente de modificación de créditos número 03/24, que afecta al
presupuesto general de esta Corporación para 2024, de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente de
tesorería para gastos generales, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3.º del artículo 169 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al
que se remite el artículo 177.2 del mismo, y artículo 20.3 en relación con el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, el
presupuesto general queda resumido por capítulos como sigue:
INGRESOS

Cap.

Denominación de los capítulos

1.º

Impuestos directos

2.º
3.º
4.º

Transferencias corrientes

5.º

Ingresos patrimoniales

6.º

Enajenación de inversiones reales

7.º

Transferencias de capital

8.º

Activos financieros

Consignación/€ Modificación/€ Consig. def./€
209.581,00

0,00

209.581,00

Impuestos indirectos

11.200,00

0,00

11.200,00

Tasas, precios públicos y otros ingresos

77.862,50

0,00

77.862,50

197.683,00

0,00

197.683,00

51.253,50

0,00

51.253,50

300,00

0,00

300,00

38.720,00

0,00

38.720,00

268.144,97

90.000,00

358.144,97

854.744,97

90.000,00

944.744,97

Totales
GASTOS

Cap.

Denominación de los capítulos

Consignación/€ Modificación/€ Consig. def./€

1.º

Gastos de personal

272.300,16

13.250,00

285.550,16

2.º

Gastos corrientes en bienes y servicios

227.798,00

9.750,00

237.548,00

4.º

Transferencias corrientes

30.504,93

0,00

30.504,93

6.º

Inversiones reales

323.541,88

67.000,00

390.541,88

854.144,97

90.000,00

944.144,97

Totales

Asimismo, se hace constar que contra el acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con lo establecido en los artículos 171 y 179.4 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas, así como cualquier otro recurso que estime procedente.
Magacela, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ángel Calderón Poves.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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