Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malcocinado. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02122/2024)
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 1-2024
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Ayuntamiento de Malcocinado

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Malcocinado
Malcocinado (Badajoz)
Anuncio 2122/2024
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 1-2024

APROBACIÓN DEFINITIVA
El Pleno de esta Entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2024, acordó la aprobación inicial del
expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería por cuantía de 8.788,15 €, que
se publicó mediante anuncio en el BOP número 71 de 15 de abril de 2024, al no haberse presentado alegaciones, se publica
el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ESTADO DE GASTOS

Pro.

Eco.

Descripción

Créditos extraordinario

231

48000 PCEM ayudas extraordinarias apoyo social contingencias

1.788,15 €

922

46300 A mancomunidades

7.000,00 €
Total gastos

8.788,15 €

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
ESTADO DE INGRESOS

Aplicación
87000

Descripción

Importe

Remanente de Tesorería para
gastos generales

Utilizado para crédito extraordinario

51.114,44 €
Total ingresos

Total

8.788,15 € 42.326,29 €
8.788,15 €

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Malcocinado, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Antonio Ruiz Vizuete.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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