Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (02053/2024)
Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
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Ayuntamiento de Almendral

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendral
Almendral (Badajoz)
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Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y
Obras

APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS DEL MUNICIPIO DE ALMENDRAL
Aprobada inicialmente la "modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones
y Obras del municipio de Almendral publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 180 de fecha 9 de septiembre de
2020", por acuerdo del Pleno de fecha 30 de noviembre de 2023, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete el expediente
a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la Ordenanza municipal estará a
disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento [www.almendral.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de
modificación de la mencionada Ordenanza sin necesidad de acuerdo expreso.
Almendral, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Francisco Torrescusa Moreno.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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