Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios La Serena (Castuera). Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02027/2024)
Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos
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Mancomunidad de Municipios La Serena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad de Municipios La Serena
Castuera (Badajoz)
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Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos

La Asamblea de la Mancomunidad de Municipios La Serena, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2024, acordó
la aprobación provisional de la creación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa, de recogida de residuos sólidos
urbanos de la Mancomunidad de la Serena.
Así mismo acordó la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio mancomunado,
de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos, limpieza de contenedores y su transporte al centro de eliminación,
aprobada por la Asamblea de la Mancomunidad de Municipios La Serena, el día 31 de julio de 1996 publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia número 275 de 27 de noviembre de 1996 y sus posteriores modificaciones.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,
para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
https://mancomunidaddelaserena.sedelectronica.es.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
Castuera, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Raimundo Dávila Fortuna.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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