Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01967/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
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Ayuntamiento de Zafra

Norma

Art

Apt

CIR
LSV

085
035

CIR
LSV

Anuncio 1967/2024

Opc Ptos

Calif

Texto hecho infringido

Multa
imp.
Rd

Respons

Comentario

Materia

1
1

5B

0

Grave
076.C)

Adelantar a otro vehículo sin dejar
entre ambos una separación
lateral suficiente para realizar con
seguridad dicha maniobra

200.0
100.0

Conductor

NOTA: Referido, no sólo a los conductores de
automóviles, tal y como antes se reflejaba en
el artículo 35.4 LTSV, sino a los conductores
de cualquier VEHICULO, tal y como refleja la
nueva redacción dada a dicho apartado por
la nueva Ley 18/2021

Adelantamiento

085
035

2
2

5A

0

Grave
076.C)

No volver a su mano, una vez
iniciado el adelantamiento, ante
circunstancias que puedan
dificultar su finalización con
seguridad (indíquese las
circunstancias que impidieron o
dificultaron el adelantamiento)

200.0
100.0

Conductor

Adelantamiento

CIR
LSV

085
035

2
2

5B

0

Grave
076.C)

Desistir del adelantamiento y
volver de nuevo a su carril sin
advertirlo a los que le siguen con
las señales preceptivas

200.0
100.0

Conductor

Adelantamiento

CIR
LSV

085
035

3
3

5C

0

Grave
076.C)

Adelantar sin reintegrarse a su
carril lo antes posible y de modo
gradual, obligando a otro usuario
a modificar la trayectoria o la
velocidad

200.0
100.0

Conductor

Adelantamiento

CIR
LSV

085
035

3
3

5D

0

Grave
076.C)

Adelantar reintegrándose a su
carril sin advertirlo mediante las
señales preceptivas

200.0
100.0

Conductor

Adelantamiento

CIR
LSV

085
035

4
4

5A

0

Grave
076.C)

Adelantar fuera de poblado a
peatones, animales o a vehículos
de 2 ruedas o tracción animal,
vehiculos inmovilizados y otros,
dejando entre ambos una
separación inferior a 1,50 metros
o no utilizando el carril contiguo
de la calzada (deberá especificarse
el concreto supuesto acontecido.
en el caso de que el
adelantamiento se realice a un
ciclista o un conjunto de los
mismos, se utilizará la nueva
codificación de infracción incluida
en el artículo 35.4 ltsv, modificado
por ley 18/2001)

200.0
100.0

Conductor

NOTA: pudiendo utilizarse expresiones que
se adecúen a lo realmente sucedido y que
sean lo suficientemente descriptivas
(rozando, sin distancia, toque leve,etc).En
estos casos debiera añadirse si el peatón
tuvo que realizar alguna acción para evitar ser
embestidos.Ver nuevo RD 159/2021, sobre
vehículos auxilio y emergencia

Adelantamiento

CIR
LSV

085
035

4
4

5C

6

Grave
076.C)

Adelantar poniendo en peligro o
entorpeciendo a ciclistas que
circulen en sentido contrario
(incluso si tales ciclistas circulan
por el arcén... art. 35.4 ltsv "in
fine")

200.0
100.0

Conductor

NOTA: Tras la modificación operada por Ley
18/2021 en el artículo 35.4 LTSV y en los
contenidos de algunos ordinales del Anexo II
de dicha norma, se hace preciso incorporar
este nuevo código-precepto que va a
sustituir, a partir del 22/3/2022 el
anteriormente utilizado para denunciar estos
hechos art. 85.4, opción 5B CIR

Adelantamiento

CIR
LSV

085
035

5
4

5A

0

Grave
076.C)

Adelantar fuera de poblado el
conductor de un vehículo de dos
ruedas a otro cualquiera, dejando
entre ambos una separación
inferior a 1,50 metros

200.0
100.0

Conductor

NOTA: Salvo que el vehículo adelantado sea
un ciclo o conjunto de ellos en cuyo caso se
utilizará la codificación del artículo 35.4 LTSV

Adelantamiento

1
1

5A

0

Grave
076.C)

No ceñirse al borde derecho de la
calzada al ser advertido por el
conductor que le sigue del
propósito de adelantar a su
vehículo

200.0
100.0

Conductor

NOTA: Las obligaciones del conductor del
vehículo adelantado descritas en este
precepto quedarían exceptuadas en los
supuestos de giros o cambios de dirección a
la izquierda o de parada en ese mismo lado,
que lo haría todo lo posible a la izquierda,
pero sin interferir la marcha de los vehículos
del sentido contrario.

Adelantamiento

ARTÍCULO 086
CIR
LSV

086
036

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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