Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdecaballeros. (01997/2024)
Corrección de error en edicto publicado el 11 de abril de 2024 sobre bases y convocatoria para la creación de una bolsa perteneciente a la escala de Administración General, Administrativo
4 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Valdecaballeros

Anuncio 1997/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdecaballeros
Valdecaballeros (Badajoz)
Anuncio 1997/2024
Corrección de error en edicto publicado el 11 de abril de 2024 sobre bases y convocatoria para la creación de una bolsa
perteneciente a la escala de Administración General, Administrativo

PUBLICACIÓN DEL DECRETO NÚMERO 48 DE 2 DE MAYO DE 2024 POR EL QUE SE RECTIFICA ERROR EN LAS BASES QUE HAN
DE REGIR LA CONVOCATORIA, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE
ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
Con el presente se procede a la publicación del decreto número 48 de 2 de mayo de 2024 por el que se rectifica error en las
bases que han de regir la convocatoria, mediante concurso-oposición, para la constitución de una bolsa de Administrativo
de Administración General.
Dicha resolución se transcribe literalmente a continuación:
«RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA POR EL QUE SE RECTIFICA ERROR EN LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA,
MEDIANTE CONCURSO OPOSICIÓN, PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN
GENERAL
Mediante decreto de Alcaldía número 37 de 8 de abril de 2024, se aprueban las bases que han de regir la convocatoria,
mediante concurso-oposición para la constitución de una bolsa de Administrativo de Administración General, y que se
publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 69 de 11 de abril de 2024.
Advertido error en las bases que han de regir la convocatoria, mediante concurso oposición, para la constitución de una
bolsa de Administrativo de Administración General, considerando:
Primero: Que el artículo 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local me
atribuye como Presidenta de la Corporación la aprobación de las bases de contratación del personal al
servicio del Ayuntamiento de Valdecaballeros.
Segundo: El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas establece que "las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en
cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos
existentes en sus actos".
Con base a todo lo anterior,
RESUELVO:
Primero.- Corregir y modificar bases que han de regir la convocatoria, mediante concurso oposición para la
constitución de una bolsa de Administrativo de Administración General.
En la base quinta. Tribunal Calificador.
Donde dice: "El Secretario/a tiene voz aunque no derecho al voto".
Debe decir: "El Secretario/a tiene voz y voto".
En la base séptima. Sistema de selección y desarrollo de las pruebas.
Donde dice: "Se entenderá superada la fase de oposición si se obtienen, al menos, 35 puntos".
Debe decir: "Se entenderá superada la fase de oposición si se obtienen, al menos, 40 puntos".
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa según el artículo 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Alcalde en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación de la resolución según lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas o bien su impugnación directa ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 4