Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. (02004/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir como funcionario interino de programa, un puesto de Agente de Empleo y Desarrollo Local, en el Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 2004/2024
Bases de la convocatoria para cubrir como funcionario interino de programa, un puesto de Agente de Empleo y Desarrollo
Local, en el Ayuntamiento de Don Benito

BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR COMO FUNCIONARIO INTERINO DE PROGRAMA, UN PUESTO DE AGENTE DE
EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL, EN EL AYUNTAMIENTO DE DON BENITO
D.ª María Fernanda Sánchez Rodríguez, Alcaldesa-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, convoca
pruebas selectivas para cubrir, un puesto de Agente de Empleo y Desarrollo Local, con arreglo a las siguientes:
BASES:
1.ª.- Objeto de la convocatoria y normativa aplicable.
1.1.- Se convoca proceso selectivo para cubrir, un puesto de Agente de Empleo y Desarrollo Local en el
Ayuntamiento de Don Benito, personal funcionario interino de programa, perteneciente al grupo A, subgrupo
A2, dotado con los emolumentos correspondientes a dicho grupo, según lo previsto en el acuerdo del que se
dio cuenta en Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento con fecha 28 de mayo de 2021.
1.2.- En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo, la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el RD Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del Texto
Refundido de las Disposiciones Vigentes en Materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(EBEP), el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el RD 364/1995, de 10 de marzo,
del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio del Estado, Decreto 251/2008, de 12 de diciembre,
por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de Agentes de
Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y la convocatoria para la
contratación inicial de los mismos, modificado por el Decreto 269/2011, de 11 de noviembre, por el Decreto
94/2012, de 1 de junio y por el Decreto 282/2015, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
1.3.- Mediante el proceso selectivo descrito a continuación, se proveerá un puesto de Agente de Empleo y
Desarrollo Local en el Ayuntamiento de Don Benito y se constituirá una bolsa de empleo para cubrir
sustituciones.
1.4.- La Comisión de Valoración responsable de la selección no podrá aprobar ni declarar que han superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes al de la plaza convocada.
2.ª.- Modalidad de la relación de servicio. Duración. Retribuciones.
El puesto de Agente de Empleo y Desarrollo Local en el Ayuntamiento de Don Benito, será a tiempo completo, y se
desarrollará mediante un nombramiento de funcionario interino para la ejecución de programa de carácter temporal,
contemplado en el artículo 10.1.c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, consistiendo dicho programa en ejecutar el Convenio de
Colaboración entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura el Ayuntamiento
y la Institución Ferial de Extremadura para el mantenimiento en Don Benito de un Punto de Acompañamiento Empresarial.
La duración de la relación de servicio perdurará mientras se desarrolle el programa, y siempre en los términos indicados en
el artículo 10.1c) del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las retribuciones serán las correspondientes al Grupo A, Subgrupo A2, de titulación, según lo previsto en el acuerdo del que
se dio cuenta en Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, con fecha 28 de mayo de 2021.
3.ª.- Funciones de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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