Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ruecas. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01947/2024)
Publicación de acuerdo de la Junta Vecinal
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Ayuntamiento de Ruecas

Anuncio 1947/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ruecas
Ruecas (Badajoz)
Anuncio 1947/2024
Publicación de acuerdo de la Junta Vecinal

ACUERDO DE LA JUNTA VECINAL DE RUECAS DE 29 DE ABRIL DE 2024
En la sesión plenaria extraordinaria celebrada por la Junta Vecinal de Ruecas el pasado 29 de abril de 2024 se adoptó, entre
otros, el acuerdo que a continuación se transcribe:
2.º.- Acuerdo que proceda sobre deslinde y amojonamiento del camino público polígono 24, parcela 9037, agostaderos con
referencia Catastral 06044A024090370000TG
Por parte de la Sra. Alcaldesa, se hace la siguiente propuesta de acuerdo:
Primero.- Iniciar el expediente de deslinde del camino público, polígono 24, parcela 9037 agostaderos, con
referencia catastral 06044A024090370000TG" en el área de influencia de la Entidad Local Menor de Ruecas
(Badajoz)", descrito en los antecedentes, por considerar justificada la conveniencia de llevar a cabo el mismo
de acuerdo con las razones expresadas en la memoria.
Segundo.- Aprobar el presupuesto de gastos de deslinde.
Tercero.- Fijar como fecha en la que comenzarán las labores del deslinde el día 1 de julio de 2024, a las 10:00
horas. Los trabajos de deslinde se desarrollarán en el "camino público, polígono 24 Parcela 9037 agostaderos,
con referencia catastral 06044A024090370000TG" en el área de influencia de la Entidad Local Menor de
Ruecas (Badajoz)", siempre que haya transcurrido el plazo de sesenta días desde la publicación del anuncio de
deslinde en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Cuarto-. Notificar el inicio del expediente de deslinde a los dueños de las fincas colindantes, y titulares de
otros derechos reales que estén constituidos sobre dichas fincas para que presenten las alegaciones y
pruebas que estimen pertinentes hasta los veinte días anteriores al día fijado para el comienzo de las
operaciones.
Asimismo, advertirles de que no podrá instarse procedimiento judicial con igual pretensión, ni se admitirán
interdictos sobre el estado posesorio de las fincas, hasta que no se haya llevado a cabo el deslinde.
Quinto.- Publicar la realización del deslinde en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Ruecas, con sesenta días de antelación a la fecha señalada para el inicio de los
trabajos de deslinde.
Asimismo, informar que el expediente estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento https://sede.ruecas.es/
Sexto.- Designar como prácticos de la Diputación de Badajoz, en virtud del convenio firmado con esta
institución, para participar en las operaciones de deslinde, a Emilio Javier Serrano Rodríguez, Ingeniero
Técnico Agrícola, Francisco Manuel Gil Castuera, Ingeniero Técnico Agrícola, y Antonio Manzano Domínguez,
Ingeniero Técnico en Topografía, quedando sometidos al régimen de abstención y recusación previsto en los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptimo.- Comunicar la iniciación del expediente al Registro de la Propiedad de Don Benito a los efectos
oportunos.
Llegado el turno de votación se aprueba por unanimidad.
Ruecas, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Manuela Tena Becerra.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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