Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01953/2024)
Aprobación inicial del Reglamento de enajenación y alquiler de viviendas de titularidad municipal en las pedanías de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Navalvillar de Pela (Badajoz)
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Aprobación inicial del Reglamento de enajenación y alquiler de viviendas de titularidad municipal en las pedanías de
Navalvillar de Pela

APROBACIÓN INICIAL REGLAMENTO DE ENAJENACIÓN Y ALQUILER DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD MUNICIPAL EN LAS
PEDANÍAS DE NAVALVILLAR DE PELA
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de diciembre de 2023, acordó la aprobación inicial del
siguiente asunto:
Reglamento de enajenación y alquiler de viviendas de titularidad municipal en las pedanías de Navalvillar de Pela.
En consecuencia y dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, del 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se
aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete a información
pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerarán elevados a definitivo el anterior acuerdo
de aprobación inicial.
Navalvillar de Pela, a fecha de la firma digital.- El Alcalde en funciones, Eugenio Díaz Miranda.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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