Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza Capilla. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01882/2024)
Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención
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Ayuntamiento de Zarza Capilla

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BAREMO
2. Por haber aprobado alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas convocadas por el
Ministerio con competencias en administraciones públicas o por la Comunidad Autónoma para el acceso a la
subescala de Secretaría-Intervención. 0,5 puntos por ejercicio con un máximo de 1,50 puntos.

3. Por haber aprobado alguna de las pruebas selectivas correspondientes para la formación de lista de espera para la
provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, subescala de
Secretaría-Intervención, convocadas por las comunidades autónomas. 0,25 puntos por prueba hasta un máximo de
0,50 puntos.
(*No serán puntuables los mismos ejercicios aprobados en convocatorias diferentes).

4. Por cada curso, jornadas o seminarios impartidos por centros oficiales o en colaboración con los mismos,
realizados sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir, según la siguiente tabla, hasta un
máximo de 1 punto.
- De 20 a 40 horas. 0,10 puntos cada uno.
- De 41 a 100 horas. 0,20 puntos.
- De 101 horas en adelante. 0,30 puntos.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán.

5.2.3. Justificación de méritos.
Los méritos que hayan de valorarse en la fase de concurso se acreditarán de la siguiente forma:
a) Los servicios prestados como Secretario-Interventor, Secretario o Interventor en entidades locales,
mediante certificación de la Secretaría de la entidad local que corresponda, así como copia compulsada del
nombramiento otorgado por el órgano competente del Ministerio de Administraciones Públicas o de las
comunidades autónomas, que lo hubieren expedido, junto con acta de toma de posesión y cese, en su caso.
b) La superación de ejercicios de pruebas selectivas, por el Tribunal selectivo u órgano competente a quien
corresponda su expedición.
Los ejercicios superados las pruebas selectivas para la formación de lista de espera para la provisión de
puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, mediante certificación expedida por
el Tribunal selectivo u órgano competente a quien corresponda su expedición.
c) Los cursos de formación mediante copia compulsada.
5.3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura,
el concurso-oposición consistirá en la práctica sucesiva de ambos sistemas, en la cual precederá siempre la fase de
oposición.
6.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
6.1. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará público el aspirante que haya superado las pruebas selectivas y lo
elevará al Presidente de la Corporación para que remita a la Junta de Extremadura propuesta de nombramiento interino a
favor del mismo.
6.2. Todo ello siempre que según lo establecido en el artículo 53 del RD 128/2018, de 16 de marzo, no fuese posible la
provisión del citado puesto por los procedimientos previstos en los artículos 49, 50 y 51 del citado Reglamento, circunstancia
que deberá quedar acreditada en el expediente.
7.- Presentación de documentos y propuesta de nombramiento.
7.1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de
aspirantes aprobados en la sede electrónica y tablón de anuncios del Ayuntamiento, el aspirante propuesto presentará en el
Registro General del Ayuntamiento, los documentos que a continuación se relacionan:
• Copia auténtica del documento nacional de identidad o, en su caso, del pasaporte o de cualquier otro
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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