Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01874/2024)
Bases para la provisión interina del puesto de Secretaria-Intervención
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Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez

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5.1.4. El orden de calificación definitiva de la fase de oposición estará determinado por la
puntuación de los aspirantes en el conjunto de los ejercicios aprobados.
5.2. Fase de concurso.
5.2.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos de
los aspirantes que hayan superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en la sede
electrónica y tablón de anuncios de la Corporación y/o lugar de celebración del ejercicio.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de
presentación de instancias.
5.2.2. El Tribunal examinará los méritos presentados por los aspirantes y los calificará con
arreglo al siguiente baremo.

BAREMO
1. Por cada mes de servicios prestados por el aspirante con nombramiento interino en puestos reservados en
entidades locales, hasta un máximo de 1 punto.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención. 0,04 puntos por mes de servicio.
- Si se tata de puestos reservados a la subescala de Secretaría o de Intervención. 0,02 puntos por mes de servicio.
2. Por haber aprobado alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas convocadas por el
Ministerio con competencias en administraciones públicas o por la Comunidad Autónoma para el acceso a la
subescala de Secretaría-Intervención. 0,5 puntos por ejercicio con un máximo de 1,50 puntos.
3. Por haber aprobado alguna de las pruebas selectivas correspondientes para la formación de lista de espera para la
provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, subescala de
Secretaría-Intervención, convocadas por las comunidades autónomas. 0,25 puntos por prueba hasta un máximo de
0,50 puntos.
(*No serán puntuables los mismos ejercicios aprobados en convocatorias diferentes).
4. Por cada curso, jornadas o seminarios impartidos por centros oficiales o en colaboración con los mismos,
realizados sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir, según la siguiente tabla, hasta un
máximo de 1 punto.
- De 20 a 40 horas. 0,10 puntos cada uno.
- De 41 a 100 horas. 0,20 puntos.
- De 101 horas en adelante. 0,30 puntos.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán.

5.2.3. Justificación de méritos.
Los méritos que hayan de valorarse en la fase de concurso se acreditarán de la siguiente forma:
a) Los servicios prestados como Secretario-Interventor, Secretario o Interventor
en entidades locales, mediante certificación de la Secretaría de la entidad local
que corresponda, así como copia compulsada del nombramiento otorgado por
el órgano competente del Ministerio de administraciones públicas o de las
comunidades autónomas, que lo hubieren expedido, junto con acta de toma de
posesión y cese, en su caso.
b) La superación de ejercicios de pruebas selectivas, por el Tribunal selectivo u
órgano competente a quien corresponda su expedición.
Los ejercicios superados las pruebas selectivas para la formación de lista de
espera para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación
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