Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Restauración de la Legalidad Urbanística (RESTAURA) (Badajoz). (01845/2024)
Decreto de nombramiento de miembros del Consejero Rector RESTAURA
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Organismo Autónomo de Restauración de la Legalidad Urbanística (RESTAURA)

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Organismo Autónomo de Restauración de la Legalidad Urbanística (RESTAURA)
Badajoz
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Decreto de nombramiento de miembros del Consejero Rector RESTAURA

I. La creación del Organismo Autónomo Provincial.
La Diputación Provincial de Badajoz, a través de la ahora denominada Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del
Territorio, en el ámbito de sus propias competencias, promovió la creación de un Organismo Autónomo de carácter
administrativo, denominado Organismo Autónomo Provincial de Protección de la Legalidad Urbanística -OAPLU_RESTAURA-,
con la finalidad de la prestación del servicio de asistencia técnica a los municipios de la provincia de Badajoz, en materia de
urbanismo, medio ambiente, defensa y conservación de los bienes municipales, así como cualquier otra materia de
competencia municipal relacionada con la indicada finalidad y que resulte encomendada a la institución provincial.
Asimismo, tiene como finalidad el ejercicio de las competencias de inspección urbanística, protección de la legalidad y
sancionadora, en materia de urbanismo que sean debidamente delegadas, en los términos dispuestos en la disposición
adicional decimotercera de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de
Extremadura, y cualquier otra materia municipal relacionada, atendiendo a la normativa de aplicación.
II. El acuerdo de aprobación y adscripción.
Con fecha 31 de marzo de 2023 (publicado en el BOP número 66 de 10 de abril de 2023 y, de forma definitiva, en el BOP
número 102 de 31 de mayo de 2023), el Pleno de la Corporación Provincial acordó, en unanimidad, la aprobación de la
gestión del Servicio para la Protección de la Legalidad Urbanística, a través de la figura del Organismo Autónomo Provincial,
la creación del Organismo Autónomo Provincial de carácter administrativo, para la Protección de la Legalidad Urbanística,
OAPLU_RESTAURA, así como la aprobación de los estatutos que rigen su funcionamiento.
El Organismo Autónomo Provincial se encuentra adscrito a la Presidencia de la Corporación, y la dirección estratégica,
evaluación y el control de la eficacia del mismo, corresponde al Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del
Territorio de la Diputación Provincial de Badajoz (Decreto del Presidente de fecha 10/4/2024, BOP 11/4/20224), siendo su
ámbito competencial territorial, el conjunto del territorio de la provincia de Badajoz, y sus competencias funcionales lo
legitiman para la realización de todas las actuaciones que comportan la función administrativa conducente a la efectiva
realización de sus fines en este territorio. La sede y el domicilio del Organismo Autónomo Provincial de Protección de la
Legalidad Urbanística, se establece en la ciudad de Badajoz.
III. La delegación intersubjetiva de competencias.
Mediante la disposición adicional decimotercera de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y
Urbanística Sostenible de Extremadura -LOTUS-, introducida mediante el artículo 13.7 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre,
de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios
públicos, se posibilita y regula la delegación intersubjetiva de competencias en materia de disciplina urbanística de los
municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la Diputación Provincial respectiva.
El ejercicio de la delegación incluirá los correspondientes procedimientos de ejecución. Lo dispuesto se entiende sin
perjuicio de las fórmulas de cooperación interadministrativa, los convenios de colaboración u otros instrumentos que
pudieran implementarse para el desarrollo de las funciones derivadas del ejercicio de tales competencias.
El acuerdo municipal de delegación de competencias en materia de disciplina urbanística, deberá contener -de forma
expresa-, la delegación de las competencias para la resolución de los recursos administrativos que puedan interponerse a
favor de la correspondiente Diputación Provincial.
El acuerdo de delegación se adoptará por el Pleno municipal. La efectividad de la delegación requerirá la aceptación de la
Diputación Provincial correspondiente y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Toda delegación de
competencias entre administraciones, habilitará para el pleno ejercicio de estas, mientras no se produzca la publicación de
su revocación en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente.
IV. Los estatutos.
Los estatutos del Organismo Autónomo Provincial aprobados, regulan lo relativo a su naturaleza, denominación y fines, los
Órganos de Gobierno y Administración, Personal, Patrimonio y Régimen Económico, Facultades y Tutela de la Diputación de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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