Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01844/2024)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a localidades de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Teatro Profesional "D rule: Artistas en el Territorio", para el año 2024
7 páginas totales
Página
Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 1844/2024

hasta 5.000 habitantes 15 puntos, de 5.001 hasta 10.000 habitantes 10 puntos y de más de 10.000 habitantes
5 puntos).
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos. No serán beneficiarias de la subvención aquellas
solicitudes que no alcancen una puntuación de 50 puntos.
La Delegación de Cultura, Deportes y Juventud determinará el número de representaciones que se efectuará
en cada municipio, que dependerá del número de solicitudes seleccionadas, y de la puntuación obtenida.
Séptimo.- Pago de las subvenciones.
El pago de la subvención se realizará una vez presentada la justificación por parte del beneficiario de la realización de la
actividad conforme al artículo 34.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y previo cumplimiento
de los requisitos del artículo 34.5 de la citada Ley.
Estas subvenciones tienen el carácter de pospagables, es decir que los municipios y entidades locales menores
subvencionados recibirán los fondos vía transferencia bancaria una vez presentada la cuenta justificativa del gasto realizado.
Quedan expresamente excluidas estas subvenciones de la obligación de constitución de aval, seguro de caución o cualquier
otra garantía financiera.
Para el pago de las subvenciones concedidas, los municipios y entidades locales menores beneficiarios deberán encontrarse
al corriente de sus obligaciones fiscales con la Diputación de Badajoz, conforme a lo dispuesto en el artículo 189.2 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, extremo que se acreditará mediante informe elaborado por la Tesorería Provincial.
Octavo.- Justificación de las subvenciones.
El plazo máximo para presentar la cuenta justificativa será de un mes contado a partir de la realización de la actividad, y en
todo caso, para aquellas actividades desarrolladas del 1 al 15 de diciembre de 2024, antes del 31 de diciembre de 2024.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. El Diputado Delegado de Cultura, Deportes y Juventud (decreto de
delegación de 10 de abril de 2024, BOP número 69, suplemento I de 11 de abril 2024), Firmado, Ricardo Cabezas Martín.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 7