Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01844/2024)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a localidades de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Teatro Profesional "D rule: Artistas en el Territorio", para el año 2024
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

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https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo.
3.- La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación de la subvención
por parte del solicitante de la misma, así como de las obligaciones que de ella se derivan, en caso de
concederse.
Se deberá presentar la siguiente documentación:
- Solicitud, que se ajustará al formato que figura en el Anexo I firmada por el representante
legal de la entidad.
- Declaración responsable, anexo II, sobre otras ayudas solicitadas y/o concedidas, así como de
cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13
de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre.
- Anexo III. Certificado de datos para valorar la adhesión del municipio al Programa de Teatro
Profesional "D'rule: Artistas en el Territorio". Todos los apartados deberán estar
cumplimentados, en el caso de no estarlo, no serán valorados.
4.- La Diputación Provincial de Badajoz podrá requerir al interesado la exhibición del documento o de la
información original o solicitar del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas.
La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la
información personal contenida en tales documentos.
5.- En el supuesto de que se produjera una incidencia técnica en el Registro Electrónico de la Diputación de
Badajoz, debidamente acreditada por éste, que impida la presentación de las solicitudes en algún momento
del último día del plazo establecido para ello, el Centro Gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de
las mismas de 3 días hábiles. Para ello, una vez subsanada la incidencia, a la mayor brevedad posible y en
todo caso antes de que se inicie la tramitación de las solicitudes, deberá realizar una publicación en la Sede
Electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
Todo ello, sin perjuicio de la potestad de ampliación del plazo establecida en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, para el caso de que la referida incidencia técnica no afectare al último día de dicho plazo de
presentación de solicitudes.
Quinto.- Gastos subvencionables.
La cantidad máxima a subvencionar por cada actividad ascenderá a 2.500,00 € IVA incluido. Estas subvenciones se destinan
a sufragar los gastos de caché de los artistas.
A efectos de gastos se establecen los siguientes extremos:
- La subvención cubrirá exclusivamente los gastos de caché de los artistas o grupos del apartado D'rule:
Artistas en el Territorio, de la Guía de Artistas y Grupos de la Diputación de Badajoz. En ningún caso el coste
de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado (este supuesto podrá ser comprobado
por la Diputación de Badajoz en control financiero).
- Todos los gastos deberán ser realizados con fecha límite hasta el 15 de diciembre de 2024. Una vez abonada
la factura correspondiente a la actividad subvencionada se deberá presentar la solicitud de abono de la
subvención (anexo VI), ficha de evaluación (anexo VII), certificado de justificación económica (anexo VIII) y
copia de la factura. El plazo para presentar esta documentación finaliza el 31 de diciembre de 2024.
Sexto.- criterios de concesión.
Se realizará una selección de un máximo de 120 solicitudes, que serán aquellas que alcanzando la puntuación mínima
exigida de 50 puntos, hayan obtenido mayor valoración conforme a los criterios establecidos en el presente punto de la
convocatoria, otorgándose las subvenciones por riguroso orden de puntuación.
En caso de que las solicitudes con una puntuación mínima de 50 puntos, no alcancen el número de 120, podrá adjudicarse
más de una actuación a una misma localidad, siempre teniendo en cuenta el orden de las puntuaciones.
En caso de empate en la puntuación de las solicitudes, tendrá preferencia el municipio de menor número de habitantes,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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