Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zalamea de la Serena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01827/2024)
Corrección de error en edicto publicado el 16 de abril de 2024 sobre las bases que han de regir la convocatoria, para regular el acceso a una plaza de funcionario de carrera de Oficial de Instalaciones
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Ayuntamiento de Zalamea de la Serena

Anuncio 1827/2024

- Fotocopia del permiso de conducir (en el supuesto que no declare en la
solicitud).
- Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria (en el
supuesto que no declare en la solicitud).
- Resguardo de ingreso de la tasa.

Debe decir:
Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que
los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales, para la plaza que se opte se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Zalamea de la Serena y se presentarán en el registro de entrada de este Ayuntamiento o bien
mediante el procedimiento que regula el artículo 13.4 de la Ley 39/2015, en el plazo de 10 días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
La solicitud deberá ir acompañada por:
- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
- Fotocopia del permiso de conducir (en el supuesto que no declare en la
solicitud).
- Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria (en el
supuesto que no declare en la solicitud).
- Resguardo de ingreso de la tasa.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa según el artículo 52.2.a) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante el Alcalde en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a la publicación o notificación de la resolución según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas o bien su impugnación directa ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo competente en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación
conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
En el caso de que se haya interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto".

Zalamea de la Serena, a fecha de la firma digital.- La Secretaria-Interventora, M.ª José Parras Mendoza.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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