Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01843/2024)
Bases específicas con convocatoria reguladora de la concesión de subvenciones destinadas a localidades de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Teatro Profesional "D rule: Artistas en el Territorio", para el año 2024
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Delegación de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 1843/2024

a) La subvención cubrirá exclusivamente los gastos de caché de los artistas o grupos del
apartado D'rule: Artistas en el Territorio, de la Guía de Artistas y Grupos de la Diputación de
Badajoz. En ningún caso el coste de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de
mercado (este supuesto podrá ser comprobado por la Diputación de Badajoz en control
financiero).
b) Todos los gastos deberán ser realizados con fecha límite hasta el 15 de diciembre de 2024.
Una vez abonada la factura correspondiente a la actividad subvencionada se deberá presentar
la solicitud de abono de la subvención (anexo VI), ficha de evaluación (anexo VII), certificado de
justificación económica (anexo VIII) y copia de la factura. El plazo para presentar esta
documentación finaliza el 31 de diciembre de 2024.
7. Criterios de selección.
Las entidades locales seleccionadas de la provincia de Badajoz que cumplan los requisitos establecidos en la
convocatoria podrán recibir subvención para realizar al menos una actividad cultural de las incluidas en el
apartado D'rule: Artistas en el Territorio, de la Guía de Artistas y Grupos de la Diputación de Badajoz.
Se realizará una selección de un máximo de 120 solicitudes, que serán aquellas que alcanzando la puntuación
mínima exigida de 50 puntos, hayan obtenido mayor valoración conforme a los criterios establecidos en el
presente punto de la convocatoria, otorgándose las subvenciones por riguroso orden de puntuación.
En caso de que las solicitudes con una puntuación mínima de 50 puntos, no alcancen el número de 120,
podrá adjudicarse más de una actuación a una misma localidad, siempre teniendo en cuenta el orden de las
puntuaciones.
En caso de empate en la puntuación de las solicitudes, tendrá preferencia el municipio de menor número de
habitantes, tomando para ello de referencia los datos ofrecidos por el Instituto Nacional de Estadística a fecha
1 de enero de 2023 (o últimos datos oficiales disponibles).
Para la selección de las solicitudes de subvención presentadas, la Comisión tomará en consideración los
siguientes criterios de valoración, aplicados a los datos contemplados en el anexo III de las presentes bases
(Las solicitudes se evaluarán individualmente hasta un máximo de 100 puntos):
1.- Espacio escénico, hasta un máximo de 30 puntos:
Medidas escenario hasta 15 puntos.
- Medidas mínimas adecuadas: Ancho 7 metros, fondo 5 metros y altura (desde el suelo del
escenario al techo) 3,50 metros. 15 puntos.
- Medidas inferiores a las anteriormente reflejadas: 5 puntos.
Disposición de cámara negra, 5 puntos.
Dispone de suelo de madera, 5 puntos.
Dispone de camerinos convenientemente iluminados, con espejos, mesas, perchas y
sillas, 5 puntos.
2.- Equipamiento disponible del espacio escénico (y que se encuentre en el mismo de manera permanente,
han de detallarse las características técnicas del mismo), hasta un máximo de 25 puntos:
Dispone de equipo de iluminación para el desarrollo del programa, hasta un máximo de
10 puntos. Mínimo puntuable del que ha de disponer el espacio escénico: Dimmer,
mesa de luces y focos (Pc, recortes, pares…).
Dispone de equipo de sonido para el desarrollo del programa, hasta un máximo de 10
puntos. Mínimo puntuable del que ha de disponer el espacio escénico: Mesa de sonido,
etapa y 2 altavoces (o altavoces autoamplificados).
Potencia mínima del espacio escénico de 20 KW. 5 puntos.
3.- Recursos Humanos (se han de detallar las funciones), hasta un máximo de 15 puntos:
Técnico de sonido e iluminación, 5 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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