Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01833/2024)
Aprobación definitiva del Programa de Activación para el Empleo Local 2024
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Ayuntamiento de La Garrovilla

Anuncio 1833/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Garrovilla
La Garrovilla (Badajoz)
Anuncio 1833/2024
Aprobación definitiva del Programa de Activación para el Empleo Local 2024

Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 21 de marzo de
aprobación inicial del Programa de Activación para el Empleo Local del Ayuntamiento de La Garrovilla para el ejercicio 2024,
por plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz que tuvo lugar con fecha 27 de marzo de 2024, para que el mismo pudiera ser examinado y pudieran ser
presentadas las reclamaciones y sugerencias que se considerasen oportunas.
Resultando que, finalizado el referido plazo de exposición al público no se ha presentado reclamación o sugerencia alguna.
A la vista de todo ello se considera definitivamente aprobado dicho acuerdo, por lo que se procede a su publicación, y que
es del siguiente tenor literal:
«1.- Introducción.
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del municipio de La Garrovilla procura dar respuesta a las
necesidades del conjunto del sistema productivo, teniendo en cuenta tanto a las empresas como a los trabajadores,
prestando especial atención a las personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de Activación para el Empleo Local que se promueve, en función del diagnóstico de situación del grupo de
población que actualmente se encuentra buscando activamente un empleo dentro de este municipio, contiene propuestas
que pretenden ajustarse a la realidad actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local integral de empleabilidad, con la pretensión,
entre otros fines, de aportar experiencia laboral a aquellos sectores de población desempleada que tienen mayores
dificultades de acceso al mercado de trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo el 15 de octubre de 1985, en
relación al alcance de la autonomía local, las Entidades locales tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para
ejercer su iniciativa en toda materia que no esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local -en adelante LRBRL-, el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede
promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la
comunidad vecinal mediante el ejercicio de competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: Planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio
histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera.
Conservación y rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: En particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos
y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en
situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía Local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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