Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Instituto Municipal de Servicios Sociales (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01708/2024)
Delegación de atribuciones del Presidente en el Vicepresidente
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Municipios Centro
Calamonte (Badajoz)
Anuncio 1708/2024
Delegación de atribuciones del Presidente en el Vicepresidente

Considerando que corresponde al Vicepresidente de la Mancomunidad, sustituir en la totalidad de sus funciones al
Presidente, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus
atribuciones, así como desempeñar las funciones del presidente en los supuestos de vacante.
Considerando que esta presidencia tiene previsto ausentarse durante el periodo comprendido entre los días 9 de abril de
2024 al 19 de mayo de 2024, ambos inclusive.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local y los artículos 43, 44, 47 y 48 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
HE RESUELTO:
Primero.- Delegar, durante mi ausencia, en el vicepresidente, don Esteban Cortés Almendro, todas mis
atribuciones legales como Presidente de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro, en los términos
establecidos en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Segundo.- La presente delegación se extenderá y surtirá efectos desde las 00:00 horas del día 9 de abril de
2024 a las 24:00 horas del día 19 de mayo de 2024, ambos inclusive.
Tercero.- La delegación comprende las facultades ejecutivas de dirección y de gestión, así como la de resolver
los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a
terceros.
Cuarto.- En lo no previsto expresamente en la presente resolución se aplicarán directamente las previsiones
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Lo que se hace público para general conocimiento, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales.
Calamonte, a fecha de la firma digital.- El Presidente en funciones, Esteban Cortés Almendro.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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