Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (01661/2024)
Resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a acciones y actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, así como el respeto a la diversidad sexual en los municipios de la provincia de Badajoz durante el ejercicio 2024
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Área de Igualdad
Anuncio 1661/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Igualdad
Badajoz
Anuncio 1661/2024
Resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a acciones y actividades que fomenten la igualdad de
oportunidades, así como el respeto a la diversidad sexual en los municipios de la provincia de Badajoz durante el ejercicio
2024
DECRETO
En Badajoz, a fecha de la firma electrónica.
De conformidad con lo dispuesto en la base 8 de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y otras
entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones y actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, así
como el respeto a la diversidad sexual en los municipios de la provincia de Badajoz durante el ejercicio 2024 (BOP número
222 de 21 de noviembre de 2023), visto el informe de resultados de la Comisión de Valoración de la Convocatoria, así como
la Propuesta de Resolución formulada por el Jefe del Servicio de Igualdad de la Diputación de Badajoz.
Considerando las competencias que al efecto me confiere la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por
RD 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza general de subvenciones y Plan Estratégico de Subvenciones para 2024 de esta
Entidad, así como la Convocatoria de referencia, por la presente,
HE RESUELTO:
Primero.- Que las asociaciones que se indican a continuación no cumplen con el requisito de la base 3.ª letra c
"que en los estatutos entre sus fines se señale expresamente la realización de actividades para la promoción
de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o lucha contra la violencia de género":
N.º
0008
Entidad
Asoc. Cultural La Farándula de los Vientos
CIF
G56190820
1
Segundo.- Que las siguientes asociaciones no subsanan en el plazo concedido para completar su solicitud, por
lo que se entiende que desisten de participar en la convocatoria de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según la
base 4.ª de la convocatoria:
N.º
Entidad
CIF
0034
Asoc. de Mujeres Palomeñas por la Cultura
G06164743
0045
Asociación Scout Al-Basharnal
G06313837
2
Tercero.- Que las entidades que a continuación no han presentado la solicitud en plazo según la forma
establecida en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, que obliga a las entidades incluidas en este artículo a relacionarse
electrónicamente con las Administraciones Públicas:
N.º
0085
Entidad
Asociación de Mujeres Nuestra Señora de la Encarnación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
CIF
G06245864
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Igualdad
Badajoz
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Resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a acciones y actividades que fomenten la igualdad de
oportunidades, así como el respeto a la diversidad sexual en los municipios de la provincia de Badajoz durante el ejercicio
2024
DECRETO
En Badajoz, a fecha de la firma electrónica.
De conformidad con lo dispuesto en la base 8 de la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y otras
entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones y actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, así
como el respeto a la diversidad sexual en los municipios de la provincia de Badajoz durante el ejercicio 2024 (BOP número
222 de 21 de noviembre de 2023), visto el informe de resultados de la Comisión de Valoración de la Convocatoria, así como
la Propuesta de Resolución formulada por el Jefe del Servicio de Igualdad de la Diputación de Badajoz.
Considerando las competencias que al efecto me confiere la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por
RD 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza general de subvenciones y Plan Estratégico de Subvenciones para 2024 de esta
Entidad, así como la Convocatoria de referencia, por la presente,
HE RESUELTO:
Primero.- Que las asociaciones que se indican a continuación no cumplen con el requisito de la base 3.ª letra c
"que en los estatutos entre sus fines se señale expresamente la realización de actividades para la promoción
de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o lucha contra la violencia de género":
N.º
0008
Entidad
Asoc. Cultural La Farándula de los Vientos
CIF
G56190820
1
Segundo.- Que las siguientes asociaciones no subsanan en el plazo concedido para completar su solicitud, por
lo que se entiende que desisten de participar en la convocatoria de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según la
base 4.ª de la convocatoria:
N.º
Entidad
CIF
0034
Asoc. de Mujeres Palomeñas por la Cultura
G06164743
0045
Asociación Scout Al-Basharnal
G06313837
2
Tercero.- Que las entidades que a continuación no han presentado la solicitud en plazo según la forma
establecida en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, que obliga a las entidades incluidas en este artículo a relacionarse
electrónicamente con las Administraciones Públicas:
N.º
0085
Entidad
Asociación de Mujeres Nuestra Señora de la Encarnación
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
CIF
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