Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zalamea de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01469/2024)
Extracto de las bases reguladoras de la convocatoria del programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Zalamea de la Serena para el año 2024
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Ayuntamiento de Zalamea de la Serena

Anuncio 1469/2024

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Zalamea de la Serena
Zalamea de la Serena (Badajoz)
Anuncio 1469/2024
Extracto de las bases reguladoras de la convocatoria del programa de colaboración económica municipal para suministros
mínimos vitales del Ayuntamiento de Zalamea de la Serena para el año 2024

EXTRATO DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE COLABORACIÓN ECONÓMICA
MUNICIPAL PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES DEL AYUNTAMIENTO DE ZALAMEA DE LA SERENA PARA EL AÑO 2024
BDNS (Identif.): 753360
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/753360)
El decreto 11/2021, de 17 de marzo (DOE número 5 de 23/3/2021), establece las condiciones de gestión y ejecución
presupuestaria del programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales, dando actualmente
continuidad en el presente ejercicio 2024 del programa tras la resolución de día 15 de febrero de 2024, de la Consejera, por
la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura número 33 de fecha 16 de febrero de 2024, el acuerdo el
día 14 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de
colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales para 2024, correspondiendo a Zalamea de la Serena
una cuantía de 21.296,88 euros.
Objeto y finalidad.
La finalidad del Programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales es garantizar los
suministros mínimos vitales de la vivienda habitual a las personas residentes en el municipio de Zalamea de la Serena que
cumplan los requisitos previstos en este decreto.
El objeto de la presente resolución es aprobar las bases reguladoras del programa de colaboración económica municipal
para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de Zalamea de la Serena para el presente año 2024. Éstas ayudas se
regirán por las disposiciones del decreto 11/2021 (DOE número 5 de 23/03/2021) de 17 de marzo, por lo dispuesto en el
acuerdo de 14 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, publicado en el Diario Oficial de
Extremadura número 33 de 16 de febrero del corriente, por resolución de 15 de febrero de 2024, de la Consejera de Salud y
Servicios Sociales y por lo recogido en las presentes bases.
Requisitos de las personas perceptoras finales de las ayudas financiadas mediante el Programa de colaboración
económica municipal para suministros mínimos vitales.
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales las unidades de convivencia,
independientemente de que exista o no entre sus miembros relación de parentesco, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean huérfanas absolutas o estén
emancipadas, por concesión judicial o de quienes ejerzan la patria potestad, y estén empadronadas y residan
legal y efectivamente en Extremadura.
b) Residir en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de, al
menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Este requisito de antigüedad no será exigible a los emigrantes extremeños retornados, a transeúntes, a
extranjeros refugiados o con solicitud de asilo en trámite, así como a quienes tengan autorizada su estancia
por razones humanitarias, a las personas a las que se les haya reconocido la protección temporal conforme al
procedimiento establecido en la Orden PCM 169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el
procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto de
Ucrania o, excepcionalmente, cuando la situación de emergencia comprometa gravemente la subsistencia de
la unidad de convivencia y así se haya acreditado en informe motivado emitido por el Servicio Social de
Atención Social Básica.
c) Estar residiendo la unidad de convivencia en el municipio de Zalamea de la Serena a fecha de presentación
de la solicitud.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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